Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2021062150)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias por graves perturbaciones económicas en el lugar de procedencia a consecuencia de la situación excepcional y de fuerza mayor derivada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021
III
34992
OTRAS RESOLUCIONES
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que
se convocan ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de las personas
extremeñas en el exterior y sus familias por graves perturbaciones económicas
en el lugar de procedencia a consecuencia de la situación excepcional y de
fuerza mayor derivada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
para el ejercicio 2021. (2021062150)
La Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura reconoce en su artículo 7.3 que los poderes públicos regionales “apoyarán el retorno de los emigrantes”.
En este sentido la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el
Exterior (LEEXEX), tiene entre sus objetivos impulsar medidas que fomenten el regreso a
Extremadura de los extremeños en el exterior, así como contribuir al fortalecimiento de los colectivos de emigrantes extremeños retornados y apoyar en el territorio de destino la plena integración social, cultural y laboral de los extremeños en el exterior (artículo 3. c y g LEEXEX).
Así, entre las medidas de apoyo a los extremeños en el exterior, destaca la concesión de
subvenciones que la Junta de Extremadura acuerde para el cumplimiento de los objetivos de
la Ley (artículo 9. LEEXEX).
La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de
emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requirió la adopción
de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las circunstancias
extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y
de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados como por el
extraordinario riesgo para sus derechos.
En esta línea, y tratándose de una situación excepcional, la Presidencia de la Junta de Extremadura considera ineludible arbitrar medidas excepcionales y en este sentido, además de todas las ya arbitradas desde el inicio de la situación, correspondiendo adoptar nuevas medidas
que pretenden paliar las diversas situaciones de necesidad que puedan darse.
Por tanto, la Presidencia de la Junta de Extremadura ha considerado necesario aprobar unas
nuevas bases reguladoras de las ayudas al retorno de personas extremeñas en el exterior y
Jueves, 8 de julio de 2021
III
34992
OTRAS RESOLUCIONES
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que
se convocan ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de las personas
extremeñas en el exterior y sus familias por graves perturbaciones económicas
en el lugar de procedencia a consecuencia de la situación excepcional y de
fuerza mayor derivada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
para el ejercicio 2021. (2021062150)
La Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura reconoce en su artículo 7.3 que los poderes públicos regionales “apoyarán el retorno de los emigrantes”.
En este sentido la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el
Exterior (LEEXEX), tiene entre sus objetivos impulsar medidas que fomenten el regreso a
Extremadura de los extremeños en el exterior, así como contribuir al fortalecimiento de los colectivos de emigrantes extremeños retornados y apoyar en el territorio de destino la plena integración social, cultural y laboral de los extremeños en el exterior (artículo 3. c y g LEEXEX).
Así, entre las medidas de apoyo a los extremeños en el exterior, destaca la concesión de
subvenciones que la Junta de Extremadura acuerde para el cumplimiento de los objetivos de
la Ley (artículo 9. LEEXEX).
La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de
emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requirió la adopción
de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las circunstancias
extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y
de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados como por el
extraordinario riesgo para sus derechos.
En esta línea, y tratándose de una situación excepcional, la Presidencia de la Junta de Extremadura considera ineludible arbitrar medidas excepcionales y en este sentido, además de todas las ya arbitradas desde el inicio de la situación, correspondiendo adoptar nuevas medidas
que pretenden paliar las diversas situaciones de necesidad que puedan darse.
Por tanto, la Presidencia de la Junta de Extremadura ha considerado necesario aprobar unas
nuevas bases reguladoras de las ayudas al retorno de personas extremeñas en el exterior y