Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Comercio Exterior. Subvenciones. (2021AC0042)
Acuerdo de 2 de julio de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación de empresas extremeñas en el Plan de Ayuda a la Internacionalización Programa Empresa Industrial Internacional Competitiva (Compite), para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021

35109

— Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria vigente en la fecha de
la solicitud.
— Copia del Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Extremadura vigente en la fecha de la solicitud.
— Declaración Responsable, anexo II completo.
— Declaración responsable según anexo III en la que se refleja la actividad industrial a la
que se dedica el solicitante.
— Modelo 390 de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, (resumen anual de
IVA) del ejercicio económico anterior al de la convocatoria.
— Documentación acreditativa del baremo que se específica en el artículo 2 de la presente
convocatoria.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, podrá recabar de sus archivos
aquellos documentos que se identifiquen de forma conveniente en la solicitud y que se encuentren en su poder. El solicitante deberá indicar en el anexo II, el procedimiento concreto
en el que se encuentra depositada la documentación, describiéndola de forma precisa, y
declarando de forma responsable que la misma se encuentra vigente y que no ha sufrido
ninguna variación, caso contrario, la documentación deberá presentarse de nuevo.
Artículo 5. Plazo de presentación de solicitudes y subsanación.
El plazo para la presentación de solicitudes del Programa Empresa Industrial Internacional
Competitiva (COMPITE) será desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la presente convocatoria y extracto en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 15 de septiembre
de 2021.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo
de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación
de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que
deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 6. Régimen de compatibilidad de las ayudas.
1. Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas a fondo perdido que, para las mismas finalidades, hayan sido concedi-

Fondo Europeo de Desarrollo Regional
“Una manera de hacer Europa”