Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Comercio Exterior. Subvenciones. (2021AC0042)
Acuerdo de 2 de julio de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación de empresas extremeñas en el Plan de Ayuda a la Internacionalización Programa Empresa Industrial Internacional Competitiva (Compite), para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 130
35105
Jueves, 8 de julio de 2021
habiendo causado inscripción en el Registro Mercantil de Badajoz, con fecha 20 de agosto de
2015, al Tomo 534, Folio 210 Vº, Hoja BA-782, Inscripción 44ª.
La convocatoria se ajusta a lo establecido en el Título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otra parte, en virtud de la habilitación conferida por el artículo 15 del precitado Decreto
212/2017, de 4 de diciembre, se proceden a modificar los anexos en el marco de la correspondiente convocatoria.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto
212/2017, de 4 de diciembre, se aprueba la convocatoria de las ayudas por Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el Plan de Ayuda a la internacionalización,
Programa Empresa Industrial Internacional Competitiva (Compite) para el ejercicio 2021.
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
El presente acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las subvenciones del Programa Empresa Industrial Internacional Competitiva (Compite), dirigido a mejorar la capacidad
de internacionalización de las empresas extremeñas del sector industrial, a través de la adaptación de sus procesos productivos a las demandas del mercado. Dicho programa se enmarca
en los Planes de Ayuda a la Internacionalización de las empresas extremeñas con interés y
potencial exportador, con el objetivo de apoyarlas en su proceso de internacionalización, que
se encuentran regulados por el Decreto 212/2017, de 4 de diciembre, DOE n.º 235, de 11 de
diciembre de 2017.
Artículo 2. Beneficiarios.
Tendrán la consideración de beneficiarios, las personas físicas y las personas jurídicas, que
tengan la consideración de Pyme según la definición recogida en el anexo I del Reglamento
(UE) n.º 651/2014 de la Comisión, incluyendo las comunidades de bienes o cualquier otro
tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la
situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia,
y que, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes
requisitos:
— Ejercer una actividad económica en Extremadura.
— Ser productor o comercializador con marca propia.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
“Una manera de hacer Europa”
35105
Jueves, 8 de julio de 2021
habiendo causado inscripción en el Registro Mercantil de Badajoz, con fecha 20 de agosto de
2015, al Tomo 534, Folio 210 Vº, Hoja BA-782, Inscripción 44ª.
La convocatoria se ajusta a lo establecido en el Título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otra parte, en virtud de la habilitación conferida por el artículo 15 del precitado Decreto
212/2017, de 4 de diciembre, se proceden a modificar los anexos en el marco de la correspondiente convocatoria.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto
212/2017, de 4 de diciembre, se aprueba la convocatoria de las ayudas por Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el Plan de Ayuda a la internacionalización,
Programa Empresa Industrial Internacional Competitiva (Compite) para el ejercicio 2021.
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
El presente acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las subvenciones del Programa Empresa Industrial Internacional Competitiva (Compite), dirigido a mejorar la capacidad
de internacionalización de las empresas extremeñas del sector industrial, a través de la adaptación de sus procesos productivos a las demandas del mercado. Dicho programa se enmarca
en los Planes de Ayuda a la Internacionalización de las empresas extremeñas con interés y
potencial exportador, con el objetivo de apoyarlas en su proceso de internacionalización, que
se encuentran regulados por el Decreto 212/2017, de 4 de diciembre, DOE n.º 235, de 11 de
diciembre de 2017.
Artículo 2. Beneficiarios.
Tendrán la consideración de beneficiarios, las personas físicas y las personas jurídicas, que
tengan la consideración de Pyme según la definición recogida en el anexo I del Reglamento
(UE) n.º 651/2014 de la Comisión, incluyendo las comunidades de bienes o cualquier otro
tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la
situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia,
y que, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes
requisitos:
— Ejercer una actividad económica en Extremadura.
— Ser productor o comercializador con marca propia.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
“Una manera de hacer Europa”