Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061993)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) para el proyecto de "Optimización y seguimiento de la contratación del suministro eléctrico de la Junta de Extremadura".
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NÚMERO 129
Miércoles, 7 de julio de 2021
34883
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido
entre el 1 de junio de 2021 y el 31 de diciembre del año 2022.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor
evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, a tal efecto se establecen las
presentes instrucciones de pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado
cumplimiento para la entidad.
A. Estructura de la justificación de actuaciones.
La justificación de actuaciones estará compuesta de:
1. Memoria Económica de gastos, conforme lo establecido en el apartado 3 de la cláusula
cuarta del presente convenio.
2. E
xpediente justificativo, que incluirá toda la documentación numerada que de soporte
a cada uno de los asientos contables que se recogen en la Memoria Económica anterior.
3. M
emoria Técnica donde se recojan las actuaciones llevadas a cabo, junto con los entregables de cada actividad.
B .gastos financiables según la estructura presupuestaria.
Según su naturaleza, los gastos subvencionables tendrán la consideración de costes directos o indirectos.
1. Costes directos.
Se consideran costes directos los vinculados de manera necesaria al desarrollo de la
acción o que estén inequívocamente identificables con ella y cuya relación con las actuaciones pueda demostrarse de manera indubitada, tales como personal contratado por la
entidad para la ejecución de actividades o los servicios exteriores que se necesiten para
el desarrollo de alguno de los ámbitos de las actuaciones.
Dentro de esta clasificación se imputarán los siguientes gastos:
1.1. Gastos de personal.
Corresponden a esta partida los gastos relacionados con la adscripción por AGENEX para la realización de las actuaciones.
Documentación justificativa:
Miércoles, 7 de julio de 2021
34883
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido
entre el 1 de junio de 2021 y el 31 de diciembre del año 2022.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor
evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, a tal efecto se establecen las
presentes instrucciones de pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado
cumplimiento para la entidad.
A. Estructura de la justificación de actuaciones.
La justificación de actuaciones estará compuesta de:
1. Memoria Económica de gastos, conforme lo establecido en el apartado 3 de la cláusula
cuarta del presente convenio.
2. E
xpediente justificativo, que incluirá toda la documentación numerada que de soporte
a cada uno de los asientos contables que se recogen en la Memoria Económica anterior.
3. M
emoria Técnica donde se recojan las actuaciones llevadas a cabo, junto con los entregables de cada actividad.
B .gastos financiables según la estructura presupuestaria.
Según su naturaleza, los gastos subvencionables tendrán la consideración de costes directos o indirectos.
1. Costes directos.
Se consideran costes directos los vinculados de manera necesaria al desarrollo de la
acción o que estén inequívocamente identificables con ella y cuya relación con las actuaciones pueda demostrarse de manera indubitada, tales como personal contratado por la
entidad para la ejecución de actividades o los servicios exteriores que se necesiten para
el desarrollo de alguno de los ámbitos de las actuaciones.
Dentro de esta clasificación se imputarán los siguientes gastos:
1.1. Gastos de personal.
Corresponden a esta partida los gastos relacionados con la adscripción por AGENEX para la realización de las actuaciones.
Documentación justificativa: