Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2021062072)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Secretaría General, para la concesión de ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 129
Miércoles, 7 de julio de 2021
34918
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2021, de la Secretaría General, para la
concesión de ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por
los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021. (2021062072)
De conformidad con lo dispuesto en el apartado undécimo de la Resolución de 24 de noviembre de 2020 (DOE n.º 1, de 4 de enero de 2021) por la que se convocan las ayudas destinadas
a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021,
y con el Acta de la Comisión de Valoración, de 26 de marzo de 2021, y el artículo 9.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas a la contratación de gestores culturales a los ayuntamientos
y entidades locales menores relacionados en el anexo I, por un importe de ciento noventa
y cuatro mil novecientos noventa y ocho euros (194.998,00 €) y a las mancomunidades de
municipios comprendidas en el anexo II por un importe de sesenta y cuatro mil novecientos
cuarenta y siete euros (64.947,00 €), que se imputarán, respectivamente, a las aplicaciones
presupuestarias G/273A/46000 y G/273A/46100.
Segundo. La concesión de las presentes ayudas será compatible con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, siempre que la cuantía no supere aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la contratación para la que se solicita la subvención.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el resuelvo cuarto de la Resolución de 24 de
noviembre de 2020, se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios
y relacionados con la contratación de un gestor cultural, siempre que se realicen en el plazo
establecido en el apartado Duodécimo de la mencionada Resolución y en concreto:
— Costes salariales, incluida la cuota patronal a la Seguridad Social y demás conceptos
que se recaudan de forma conjunta con las cuotas de la Seguridad Social, con destino a
desempleo, fondo de garantía salarial o formación profesional, de los gestores culturales
contratados.
— Indemnización por vacaciones no disfrutadas y la indemnización por finalización de contrato prevista en el artículo 49.1 c) del Estatuto de los Trabajadores.
Miércoles, 7 de julio de 2021
34918
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2021, de la Secretaría General, para la
concesión de ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por
los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021. (2021062072)
De conformidad con lo dispuesto en el apartado undécimo de la Resolución de 24 de noviembre de 2020 (DOE n.º 1, de 4 de enero de 2021) por la que se convocan las ayudas destinadas
a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021,
y con el Acta de la Comisión de Valoración, de 26 de marzo de 2021, y el artículo 9.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas a la contratación de gestores culturales a los ayuntamientos
y entidades locales menores relacionados en el anexo I, por un importe de ciento noventa
y cuatro mil novecientos noventa y ocho euros (194.998,00 €) y a las mancomunidades de
municipios comprendidas en el anexo II por un importe de sesenta y cuatro mil novecientos
cuarenta y siete euros (64.947,00 €), que se imputarán, respectivamente, a las aplicaciones
presupuestarias G/273A/46000 y G/273A/46100.
Segundo. La concesión de las presentes ayudas será compatible con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, siempre que la cuantía no supere aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la contratación para la que se solicita la subvención.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el resuelvo cuarto de la Resolución de 24 de
noviembre de 2020, se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios
y relacionados con la contratación de un gestor cultural, siempre que se realicen en el plazo
establecido en el apartado Duodécimo de la mencionada Resolución y en concreto:
— Costes salariales, incluida la cuota patronal a la Seguridad Social y demás conceptos
que se recaudan de forma conjunta con las cuotas de la Seguridad Social, con destino a
desempleo, fondo de garantía salarial o formación profesional, de los gestores culturales
contratados.
— Indemnización por vacaciones no disfrutadas y la indemnización por finalización de contrato prevista en el artículo 49.1 c) del Estatuto de los Trabajadores.