Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2021040094)
Extracto del Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueba la primera convocatoria de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Crisol-Formación.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 129
Miércoles, 7 de julio de 2021

34809

EXTRACTO del Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueba la
primera convocatoria de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras
de los proyectos del Programa Crisol-Formación. (2021040094)
BDNS(Identif.): 573351
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro con
personalidad jurídica propia que tengan entres sus fines la promoción de empleo o la inserción
sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, disponibilidad para la ejecución de las obras o servicios a ejecutar en el ámbito territorial de la localidad del proyecto y
presenten memoria-proyecto que se considere técnicamente viable por el Servicio Extremeño
Público de Empleo conforme al artículo 2.1 del decreto. Las entidades beneficiarias deberán
estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o al menos
algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura. La entidad deberá manifestar, mediante certificación del representante legal, la solvencia económica para poder
atender a las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención.
Segundo. Objeto.
Convocar subvenciones de la “Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos
del Programa Crisol-Formación” previstas en el capítulo I y la sección tercera del capítulo II
del Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación y la primera
convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión
de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.