Consejería De Educación Y Empleo. Personal Docente No Universitario. (2021062134)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se eleva a definitiva la valoración de méritos de personas admitidas y excluidas en el procedimiento para la integración por primera vez en listas de espera ordinarias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, y para la actualización de los méritos de quienes ya forman parte de las mismas y las listas de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
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NÚMERO 128
34419
Martes, 6 de julio de 2021
RESUELVE
Primero. Elevar a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos y de valoración de
méritos de personas admitidas en el procedimiento de integración por primera vez en listas de
espera ordinarias y actualización de méritos, convocados por Resolución de 17 de marzo de
2021, de la Dirección General de Personal Docente, por cuerpo y especialidad, con expresión
de la puntuación obtenida por cada uno de los apartados y subapartados del baremo.
Segundo. Considerar resueltas las reclamaciones formuladas contra la valoración provisional
de méritos, tras la presente publicación de puntuación definitiva.
Tercero. Ordenar la exposición de las citadas listas en la dirección de internet
https://profex.educarex.es, desde el mismo día de la publicación de la presente Resolución en
el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de
Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación,
conforme a lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 102
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo del domicilio de la demandante o el correspondiente a la
sede de este órgano administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 8.2 a), 14.1 y
46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como cualquier otro que se estime procedente.
Mérida, 1 de julio de 2021.
La Directora General de Personal
Docente,
ANA MARTÍN MARTÍN
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34419
Martes, 6 de julio de 2021
RESUELVE
Primero. Elevar a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos y de valoración de
méritos de personas admitidas en el procedimiento de integración por primera vez en listas de
espera ordinarias y actualización de méritos, convocados por Resolución de 17 de marzo de
2021, de la Dirección General de Personal Docente, por cuerpo y especialidad, con expresión
de la puntuación obtenida por cada uno de los apartados y subapartados del baremo.
Segundo. Considerar resueltas las reclamaciones formuladas contra la valoración provisional
de méritos, tras la presente publicación de puntuación definitiva.
Tercero. Ordenar la exposición de las citadas listas en la dirección de internet
https://profex.educarex.es, desde el mismo día de la publicación de la presente Resolución en
el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de
Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación,
conforme a lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 102
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo del domicilio de la demandante o el correspondiente a la
sede de este órgano administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 8.2 a), 14.1 y
46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como cualquier otro que se estime procedente.
Mérida, 1 de julio de 2021.
La Directora General de Personal
Docente,
ANA MARTÍN MARTÍN
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