Fundación Extremeña De La Cultura. Convocatoria. (2021080913)
Anuncio de 24 de junio de 2021 sobre bases de la convocatoria para la selección de cortometrajes integrantes del "Catálogo Jara 2021".
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NÚMERO 128
Martes, 6 de julio de 2021

34667

f) Inclusión de los cortometrajes seleccionados en el sitio web del Catálogo Jara www.catalogojara.com que contendrá toda la documentación técnica y artística de la película,
así como, links privados y espacios de descarga de materiales de cada cortometraje para
profesionales del sector y festivales.
g) Seguimiento y comunicación de las selecciones en festivales.
2. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
2.1. Los solicitantes y los trabajos presentados deberán reunir los siguientes requisitos:


a) Los interesados en participar en el proceso de selección deberán ser autores o
productores extremeños, nacidos o residentes en Extremadura. En caso de personas jurídicas deberán tener domicilio social o desarrollar su actividad en territorio
extremeño. En el caso de las productoras extremeñas solicitantes que hayan realizado el cortometraje en régimen de coproducción con otras empresas de fuera de
la región, deberán presentar el contrato suscrito y la productora extremeña deberá
poseer al menos un porcentaje de participación del 30%.



b) Cada autor o productor puede presentar un máximo de dos cortometrajes.



c) Cortometrajes cuya fecha de producción o fecha de estreno esté comprendida entre
el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020.



d) L a duración máxima de los cortometrajes presentados deberá ser inferior a los 30
minutos, títulos de crédito incluidos.



e) La obra no debe haber sido seleccionada en más de 30 festivales con anterioridad
a la fecha de publicación de las presentes bases. Quedan fuera de este cómputo y
por tanto de esta limitación todos los festivales que apliquen tasas de inscripción.
Las obras presentadas para formar parte del Catálogo Jara 2021 deberán adjuntar
un listado de envíos a festivales y selecciones hasta la fecha de la solicitud.



f) En el caso de obras que cuenten con contrato de distribución, éstas deberán o bien
interrumpir el período de distribución o bien pactar, con la Fundación Extremeña
de la Cultura, mediante acuerdo firmado, los territorios y fechas a repartir entre la
distribución oficial del Catálogo Jara y la distribución privada.

2.2. El incumplimiento de estos requisitos, previo requerimiento, en su caso, de subsanación conforme a lo establecido en el apartado 3.4, determinará la exclusión del interesado del procedimiento de selección, sin que la comisión de valoración entre a valorar
los correspondientes trabajos.