Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062051)
Resolución de 18 de junio de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Paso a SF6 del centro de transformación CD 46589 "Col.Peintec", situado en camino arroyo de San Gregorio s/n, en el término municipal de Montijo". Expte.: 06/AT1788/18003.
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NÚMERO 126

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Viernes, 2 de julio de 2021

las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, así como tampoco oposiciones o
condicionados por las Administraciones Públicas o entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a Edistribución Redes Digitales SLU, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Paso a SF6 del centro de transformación
CD 46589 “Col.Peintec”, situado en camino arroyo de San Gregorio s/n, en el T.M. de Montijo”,
cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:
Reforma Centro Transformación CD “COL.PEINITEC” (46589):
Ubicación: Camino Arroyo de San Gregorio s/n de Montijo.
Obra Civil: Adecuación centro transformación, pintado limpieza, sustitución puertas de
acceso, sustitución de pantalla protectora del transformador.
Número de celdas: 2L+1P.
Cuadro B.T.: Sustitución del cuadro de baja tensión existente por cuadro tipo UNESA con
cuatro salidas.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.