Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Nombramientos. (2021050117)
Orden de 25 de junio de 2021 por la que se designa Letrado-Secretario de la Comisión Jurídica de Extremadura.
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NÚMERO 123
Martes, 29 de junio de 2021
II
32605
AUTORIDADES Y PERSONAL
1.– NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 25 de junio de 2021 por la que se designa Letrado-Secretario de
la Comisión Jurídica de Extremadura. (2021050117)
La Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura regula en su disposición adicional
primera la Comisión Jurídica de Extremadura como un órgano colegiado consultivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se incardina orgánicamente en la Abogacía General
y ejerce las funciones que le atribuye la citada ley con independencia de criterio jurídico.
Según el apartado 7 de referida disposición adicional, la Comisión Jurídica de Extremadura,
como órgano colegiado, estará compuesta por el Presidente, que tendrá voto de calidad, y
cuatro Vocales, además del Secretario, que será un funcionario letrado de la Abogacía General, que tendrá voz, pero no voto.
El Presidente y los Vocales son nombrados mediante Decreto del Consejo de Gobierno garantizando la representación equilibrada entre mujeres y hombres. Así, mediante Decreto
70/2021, de 23 de junio, se dispone el cese y nombramiento del Presidente y los Vocales de
la Comisión Jurídica de Extremadura, conforme a las disposiciones establecidas en la nueva
Ley. El mismo ha sido publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 121, de 25 de junio
de 2021.
Establece, además, la citada ley que el Letrado-Secretario de la Comisión Jurídica de
Extremadura, será designado por la Consejería a la que esté adscrita la Abogacía General,
entre los letrados funcionarios de carrera integrados en la misma. Igualmente se designará
un letrado suplente. Ejercerán sus funciones de forma compatible con las tareas ordinarias de
su puesto de trabajo, y ello con derecho a las asistencias o indemnizaciones que por razón del
servicio se establezcan reglamentariamente.
En consecuencia, estando adscrita a este Consejería, y dando cumplimiento a lo dispuesto en
el apartado 7 de la disposición adicional primera de la Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Vicepresidencia Primera y Consejera de Hacienda y Administración
Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas
Martes, 29 de junio de 2021
II
32605
AUTORIDADES Y PERSONAL
1.– NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 25 de junio de 2021 por la que se designa Letrado-Secretario de
la Comisión Jurídica de Extremadura. (2021050117)
La Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura regula en su disposición adicional
primera la Comisión Jurídica de Extremadura como un órgano colegiado consultivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se incardina orgánicamente en la Abogacía General
y ejerce las funciones que le atribuye la citada ley con independencia de criterio jurídico.
Según el apartado 7 de referida disposición adicional, la Comisión Jurídica de Extremadura,
como órgano colegiado, estará compuesta por el Presidente, que tendrá voto de calidad, y
cuatro Vocales, además del Secretario, que será un funcionario letrado de la Abogacía General, que tendrá voz, pero no voto.
El Presidente y los Vocales son nombrados mediante Decreto del Consejo de Gobierno garantizando la representación equilibrada entre mujeres y hombres. Así, mediante Decreto
70/2021, de 23 de junio, se dispone el cese y nombramiento del Presidente y los Vocales de
la Comisión Jurídica de Extremadura, conforme a las disposiciones establecidas en la nueva
Ley. El mismo ha sido publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 121, de 25 de junio
de 2021.
Establece, además, la citada ley que el Letrado-Secretario de la Comisión Jurídica de
Extremadura, será designado por la Consejería a la que esté adscrita la Abogacía General,
entre los letrados funcionarios de carrera integrados en la misma. Igualmente se designará
un letrado suplente. Ejercerán sus funciones de forma compatible con las tareas ordinarias de
su puesto de trabajo, y ello con derecho a las asistencias o indemnizaciones que por razón del
servicio se establezcan reglamentariamente.
En consecuencia, estando adscrita a este Consejería, y dando cumplimiento a lo dispuesto en
el apartado 7 de la disposición adicional primera de la Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Vicepresidencia Primera y Consejera de Hacienda y Administración
Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas