Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2021080887)
Anuncio de 14 de junio de 2021 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de planta de almacenamiento y valorización de RCD, en el término municipal de Villagonzalo, cuyo titular es Ángel Andújar Espinosa.
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NÚMERO 123
Martes, 29 de junio de 2021

32805

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD

ANUNCIO de 14 de junio de 2021 por el que se somete a información
pública la solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de
planta de almacenamiento y valorización de RCD, en el término municipal de
Villagonzalo, cuyo titular es Ángel Andújar Espinosa. (2021080887)
Para dar cumplimiento al artículo 23 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se
aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de Autorización
Ambiental Unificada (AAU) del proyecto de planta de almacenamiento y valorización de RCD,
en el término municipal de Villagonzalo, cuyo titular es Ángel Andújar Espinosa, podrá ser
examinado, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
Avda. Valhondo, s/n de Mérida.
Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta DGS al correspondiente Ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los ciudadanos en este
procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el punto 31 del artículo 5 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de
prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de
la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 54.3 de la Ley 5/2010,
de 23 de junio, la AAU es anterior a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean
obligatorias, entre otras, a la licencia urbanística.
Los datos generales del proyecto son:
• Categoría Ley 5/2010:


- 9.1 Instalaciones para la valorización y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo V.

• Categoría Decreto 81/2011:


- 9.1. Instalaciones para la valorización y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I.