Servicio Extremeño De Salud. Seguridad De La Información. (2021061888)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se aprueba la política de privacidad y seguridad de la información del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021

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6. Organización de la Seguridad de la Información en el Servicio Extremeño de Salud
6.1. Estructura de la Organización de la Seguridad de la Información
El Servicio Extremeño de Salud, en su adecuación al cumplimiento del Esquema Nacional
de Seguridad, creará los siguientes órganos específicos para estructurar la gestión de la
seguridad de la información y de la protección de datos.
Para cumplir las medidas de seguridad del ENS, en los marcos organizativo, operacional y
de protección, debe ser la organización, en este caso el SES, a través de los órganos definidos, quien dirija y oriente a la dirección de la Entidad en la forma de conseguirlo. Estos
órganos se estructuran en tres niveles: Gobierno, Supervisión y Operacional.
Se describe a continuación cada uno de estos órganos:
Comité de Gestión y Coordinación de Seguridad de la Información
Tiene como objetivo alinear todas las actividades de la organización referentes a seguridad
de la información. El Comité de Gestión y Coordinación de la Seguridad de la Información
coordina la seguridad de la información en la entidad y establece la estrategia; estará formado por un representante de la dirección de la entidad, el Responsable de la Seguridad
de la Información y por representantes de otras áreas de la organización afectadas (Responsables de Servicios y Responsables de la Información).
Se convocarán reuniones ordinarias del Pleno del Comité con una periodicidad mínima
semestral. Además, cualquiera de sus miembros podrá solicitar una convocatoria extraordinaria si concurren causas que lo aconsejen. A este respecto los miembros del Comité
tendrán las siguientes funciones:
— Proponer que se incluyan en el orden del día las cuestiones que estimen oportunas con
relación a la seguridad de la información.
— Asistir a las reuniones del Comité, participar en sus debates, formular ruegos y preguntas y ejercer el derecho a voto.
El Comité podrá acordar la creación de cuantos grupos de trabajo considere necesarios
para preparar, estudiar y desarrollar las cuestiones sometidas a su conocimiento. Dichos
grupos ejercerán por razones de urgencia y operatividad las funciones que el Pleno les
delegue. El Comité conocerá en las sesiones del Pleno los resultados de las actuaciones de
los grupos de trabajo.
De cada sesión se extenderá un acta, en la que constarán las circunstancias de lugar y
tiempo, las personas asistentes, el orden del día, un resumen de las deliberaciones, las