Servicio Extremeño De Salud. Seguridad De La Información. (2021061888)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se aprueba la política de privacidad y seguridad de la información del Servicio Extremeño de Salud.
39 páginas totales
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Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021
32198
Nivel 3: Procedimientos y guías técnicas
A Nivel operativo, en el que se desarrollan los procedimientos y las instrucciones técnicas
que detallen las actividades que se deberán realizar para gestionar la seguridad de la información definiendo los detalles concretos y los aspectos prácticos sobre la manera de
realizarlas para ejecutar la tarea especificada y cumplir las responsabilidades asignadas.
Los procedimientos indican el método de ejecución, paso a paso, en tareas o actividades
concretas relacionadas con la Privacidad y Seguridad de la Información.
Las guías técnicas tienen un carácter formativo y buscan ayudar a los usuarios a aplicar
correctamente las medidas de Privacidad y Seguridad de la Información.
Los procedimientos y guías técnicas deben ser aprobados por el órgano o unidad administrativa con competencias en la materia sobre la que se desarrolla el documento, previa
validación del Responsable de Privacidad y Seguridad de la Información.
Este marco documental estará a disposición del personal que trabaje para el Servicio de
Salud y que necesite conocerlo, en particular para quien use o administre los sistemas de
información y las comunicaciones.
En cuanto al tratamiento de los datos de carácter personal, hay que actuar según lo que
disponen los correspondientes documentos de seguridad exigidos en la legislación vigente.
5. Principios Básicos y Requisitos Mínimos de Privacidad y Seguridad de la Información
5.1. Principios Básicos
El SES tratará la información y los datos personales bajo su responsabilidad conforme a los
siguientes principios de protección de datos y seguridad de la información:
a) Licitud, lealtad y transparencia: Los datos de carácter personal serán tratados de
manera lícita, leal y transparente en relación con el interesado.
b) Legitimación en el tratamiento de datos personales: Solo se tratarán los datos de
carácter personal cuando dicho tratamiento se encuentre amparado en alguna de las
causas de legitimación establecidas en los artículos 6 y 9 del RGPD.
c) Limitación de la finalidad: Los datos de carácter personal serán tratados para el
cumplimiento de fines determinados, explícitos y legítimos, y no serán tratados ulteriormente de manera incompatible con dichos fines.
d) Minimización de datos: Los datos de carácter personal serán adecuados, pertinentes
y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados.
Viernes, 25 de junio de 2021
32198
Nivel 3: Procedimientos y guías técnicas
A Nivel operativo, en el que se desarrollan los procedimientos y las instrucciones técnicas
que detallen las actividades que se deberán realizar para gestionar la seguridad de la información definiendo los detalles concretos y los aspectos prácticos sobre la manera de
realizarlas para ejecutar la tarea especificada y cumplir las responsabilidades asignadas.
Los procedimientos indican el método de ejecución, paso a paso, en tareas o actividades
concretas relacionadas con la Privacidad y Seguridad de la Información.
Las guías técnicas tienen un carácter formativo y buscan ayudar a los usuarios a aplicar
correctamente las medidas de Privacidad y Seguridad de la Información.
Los procedimientos y guías técnicas deben ser aprobados por el órgano o unidad administrativa con competencias en la materia sobre la que se desarrolla el documento, previa
validación del Responsable de Privacidad y Seguridad de la Información.
Este marco documental estará a disposición del personal que trabaje para el Servicio de
Salud y que necesite conocerlo, en particular para quien use o administre los sistemas de
información y las comunicaciones.
En cuanto al tratamiento de los datos de carácter personal, hay que actuar según lo que
disponen los correspondientes documentos de seguridad exigidos en la legislación vigente.
5. Principios Básicos y Requisitos Mínimos de Privacidad y Seguridad de la Información
5.1. Principios Básicos
El SES tratará la información y los datos personales bajo su responsabilidad conforme a los
siguientes principios de protección de datos y seguridad de la información:
a) Licitud, lealtad y transparencia: Los datos de carácter personal serán tratados de
manera lícita, leal y transparente en relación con el interesado.
b) Legitimación en el tratamiento de datos personales: Solo se tratarán los datos de
carácter personal cuando dicho tratamiento se encuentre amparado en alguna de las
causas de legitimación establecidas en los artículos 6 y 9 del RGPD.
c) Limitación de la finalidad: Los datos de carácter personal serán tratados para el
cumplimiento de fines determinados, explícitos y legítimos, y no serán tratados ulteriormente de manera incompatible con dichos fines.
d) Minimización de datos: Los datos de carácter personal serán adecuados, pertinentes
y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados.