Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061892)
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación fotovoltaica "Baldio 2", ubicada en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/55/20.
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NÚMERO 120
31793
Jueves, 24 de junio de 2021
y distribución de electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre
bienes y derechos necesarios para establecerlas, si bien establece la condición de que las
empresas titulares de las instalaciones deberán solicitarla de forma expresa, como así ha sido
en el presente caso.
Asimismo de conformidad con lo establecido en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones
y manifestaciones recibidas durante la instrucción del procedimiento, así como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el
mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente.
Tercero. Con fecha 30 de diciembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, cuya disposición final tercera realiza, entre otras, una
modificación del segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, relativo a la definición de potencia instalada para
instalaciones fotovoltaicas, siendo de aplicación dicha modificación a la instalación que nos
ocupa en virtud de la disposición transitoria quinta del citado Real Decreto 1183/2020, de 29
de diciembre.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho esta Dirección General,
RESUELVE:
Declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación que a continuación se detalla, a los
efectos señalados en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
— Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 2, parcela 1;
subparcelas a, b, c, d, e y f del término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres).
— Características de la instalación:
• Nombre de la instalación: Baldio 2.
• Instalación solar fotovoltaica de 18.750 kW de potencia instalada, compuesta por 6
inversores de 3.125 kVA cada uno, y 49.998 módulos fotovoltaicos de 400 Wp cada
uno, montados sobre estructuras fijas.
31793
Jueves, 24 de junio de 2021
y distribución de electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre
bienes y derechos necesarios para establecerlas, si bien establece la condición de que las
empresas titulares de las instalaciones deberán solicitarla de forma expresa, como así ha sido
en el presente caso.
Asimismo de conformidad con lo establecido en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones
y manifestaciones recibidas durante la instrucción del procedimiento, así como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el
mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente.
Tercero. Con fecha 30 de diciembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, cuya disposición final tercera realiza, entre otras, una
modificación del segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, relativo a la definición de potencia instalada para
instalaciones fotovoltaicas, siendo de aplicación dicha modificación a la instalación que nos
ocupa en virtud de la disposición transitoria quinta del citado Real Decreto 1183/2020, de 29
de diciembre.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho esta Dirección General,
RESUELVE:
Declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación que a continuación se detalla, a los
efectos señalados en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
— Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 2, parcela 1;
subparcelas a, b, c, d, e y f del término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres).
— Características de la instalación:
• Nombre de la instalación: Baldio 2.
• Instalación solar fotovoltaica de 18.750 kW de potencia instalada, compuesta por 6
inversores de 3.125 kVA cada uno, y 49.998 módulos fotovoltaicos de 400 Wp cada
uno, montados sobre estructuras fijas.