Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061879)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada para el proyecto de modificación sustancial de la instalación de aceites vegetales, promovido por Consorcio Oleícola Extremeño, SL en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 120
Jueves, 24 de junio de 2021
31779
nantes demuestra que se acumulan las mayores concentraciones de contaminantes,
el estudio concluye que la implantación del segundo secadero no supondría ninguna
superación de los valores límite de inmisión establecidos en la normativa vigente de
ninguno de los contaminantes modelizados.
D
ado que se trata de una modificación de industria existente, no se prevé afección
significativa sobre la vegetación del entorno del proyecto.
• Paisaje.
Las construcciones y actuaciones asociadas a la ampliación de la industria no conllevarán una modificación significativa de la calidad visual del entorno.
• Calidad del aire.
U
no de los impactos más significativos del proyecto que nos ocupa es la afección al
medio ambiente atmosférico debida a la emisión de gases de combustión procedentes de las instalaciones de combustión presentes en la industria.
La ampliación que se proyecta supone la incorporación de una nueva línea de secado
de alperujo, con equipo de 25,6 MW de potencia térmica, que va a suponer un nuevo
foco de emisión en la industria.
A
l objeto de conocer cómo influye el nuevo secadero en la difusión de los principales
contaminantes en la atmósfera (NO2, SO2, CO y PM10), su concentración y la superación o no de los valores límite regulados en el Real Decreto 102/2011, de 28 de
enero relativo a la mejora de la calidad del aire, se presenta por parte del promotor
un estudio de dispersión atmosférica de la instalación de un segundo secadero con
electrofiltro, teniendo además en cuenta el efecto de las fuentes emisoras industriales
existentes a su alrededor.
El estudio concluye que la implantación del segundo secadero no supondría, según
los resultados del modelo, ninguna superación de los valores límite de inmisión establecidos en la normativa vigente de ninguno de los contaminantes modelizados.
• Vulnerabilidad del proyecto
El promotor presenta un documento de “Análisis de vulnerabilidad del proyecto ante
riesgos de accidentes graves o catástrofes”, de conformidad con lo estipulado en la
Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en el que se lleva a cabo un análisis de riesgos
naturales, en el que se incluye riesgo sísmico, riesgo por movimiento del terreno,
Jueves, 24 de junio de 2021
31779
nantes demuestra que se acumulan las mayores concentraciones de contaminantes,
el estudio concluye que la implantación del segundo secadero no supondría ninguna
superación de los valores límite de inmisión establecidos en la normativa vigente de
ninguno de los contaminantes modelizados.
D
ado que se trata de una modificación de industria existente, no se prevé afección
significativa sobre la vegetación del entorno del proyecto.
• Paisaje.
Las construcciones y actuaciones asociadas a la ampliación de la industria no conllevarán una modificación significativa de la calidad visual del entorno.
• Calidad del aire.
U
no de los impactos más significativos del proyecto que nos ocupa es la afección al
medio ambiente atmosférico debida a la emisión de gases de combustión procedentes de las instalaciones de combustión presentes en la industria.
La ampliación que se proyecta supone la incorporación de una nueva línea de secado
de alperujo, con equipo de 25,6 MW de potencia térmica, que va a suponer un nuevo
foco de emisión en la industria.
A
l objeto de conocer cómo influye el nuevo secadero en la difusión de los principales
contaminantes en la atmósfera (NO2, SO2, CO y PM10), su concentración y la superación o no de los valores límite regulados en el Real Decreto 102/2011, de 28 de
enero relativo a la mejora de la calidad del aire, se presenta por parte del promotor
un estudio de dispersión atmosférica de la instalación de un segundo secadero con
electrofiltro, teniendo además en cuenta el efecto de las fuentes emisoras industriales
existentes a su alrededor.
El estudio concluye que la implantación del segundo secadero no supondría, según
los resultados del modelo, ninguna superación de los valores límite de inmisión establecidos en la normativa vigente de ninguno de los contaminantes modelizados.
• Vulnerabilidad del proyecto
El promotor presenta un documento de “Análisis de vulnerabilidad del proyecto ante
riesgos de accidentes graves o catástrofes”, de conformidad con lo estipulado en la
Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en el que se lleva a cabo un análisis de riesgos
naturales, en el que se incluye riesgo sísmico, riesgo por movimiento del terreno,