Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061852)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Palazuelo, Puebla de Alcollarín, Rena y Villar de Rena en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 120
31650
Jueves, 24 de junio de 2021
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD
Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LOS
AYUNTAMIENTOS DE PALAZUELO, PUEBLA DE ALCOLLARÍN,
RENA Y VILLAR DE RENA, EN LA PRESTACIÓN DE INFORMACIÓN,
VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE
ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA.
Mérida, 3 de mayo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don José M.ª Vergeles Blanca, Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad
y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto
del Presidente 18/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, de 2 de julio), actuando en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 36.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, Doña María José Benavides Méndez, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de
Palazuelo, con NIF P0618700I, D. Pablo J. Sánchez-Miranda Morales, Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín, con NIF P0619000C, Doña Desirée Vázquez Becerra,
Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Rena con NIF P0611100I Y D. Nereo Manuel Ramírez Duran Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villar de Rena con NIF P0615600D todos ellos actuando en virtud de las atribuciones que les confiere el artículo 21.1b) de la Ley
7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y como integrantes de la
agrupación “041 La Vega”.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, todas las partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye a ésta, en su artículo 9.1.27, la
competencia exclusiva en materia de acción social.
En este marco competencial, se aprueba la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales
de Extremadura, que tiene entre su objeto garantizar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema
público de servicios sociales en los términos y con los requisitos regulados en la propia ley
con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las personas y
la justicia social. Igualmente, es objeto de esta ley regular y organizar el sistema público de
servicios sociales de Extremadura y establecer los mecanismos de coordinación y trabajo en
red de todas las entidades implicadas en su prestación, articulando su relación con el resto de
sistemas de protección social.
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Jueves, 24 de junio de 2021
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD
Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LOS
AYUNTAMIENTOS DE PALAZUELO, PUEBLA DE ALCOLLARÍN,
RENA Y VILLAR DE RENA, EN LA PRESTACIÓN DE INFORMACIÓN,
VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE
ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA.
Mérida, 3 de mayo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don José M.ª Vergeles Blanca, Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad
y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto
del Presidente 18/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, de 2 de julio), actuando en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 36.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, Doña María José Benavides Méndez, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de
Palazuelo, con NIF P0618700I, D. Pablo J. Sánchez-Miranda Morales, Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín, con NIF P0619000C, Doña Desirée Vázquez Becerra,
Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Rena con NIF P0611100I Y D. Nereo Manuel Ramírez Duran Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villar de Rena con NIF P0615600D todos ellos actuando en virtud de las atribuciones que les confiere el artículo 21.1b) de la Ley
7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y como integrantes de la
agrupación “041 La Vega”.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, todas las partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye a ésta, en su artículo 9.1.27, la
competencia exclusiva en materia de acción social.
En este marco competencial, se aprueba la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales
de Extremadura, que tiene entre su objeto garantizar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema
público de servicios sociales en los términos y con los requisitos regulados en la propia ley
con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las personas y
la justicia social. Igualmente, es objeto de esta ley regular y organizar el sistema público de
servicios sociales de Extremadura y establecer los mecanismos de coordinación y trabajo en
red de todas las entidades implicadas en su prestación, articulando su relación con el resto de
sistemas de protección social.