Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061822)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Madrigalejo y Campo Lugar en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 120
Jueves, 24 de junio de 2021
31639
1. Atención a las necesidades y demandas de la población, canalizando las situaciones de
necesidad hacia las prestaciones necesarias.
2. Diagnóstico de las situaciones de necesidad social y elaboración y ejecución, cuando sea
necesario, del plan de atención social regulado en el artículo 18 de la Ley 14/2015, de
9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
3. A
tención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
Además de las actuaciones anteriores, los Ayuntamientos a través del servicio social desarrollarán las funciones atribuidas a los servicios sociales de atención social básica en el artículo 16
de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, y cuantas otras actuaciones o funciones se les atribuya legal o reglamentariamente relacionadas con la prestación.
Cuarta. Financiación y compromisos económicos que asumen cada una de las partes.
La financiación del presente convenio asciende a la cantidad de treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y ocho euros con treinta y nueve céntimos (34.438,39 €), destinada a financiar
los costes de personal y de funcionamiento de la prestación del servicio social de los Ayuntamientos, conforme al presupuesto que se detalla en el anexo I de este convenio.
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales,
aporta a la financiación del presente convenio la cantidad de treinta y cuatro mil noventa
y cuatro euros con un céntimo (34.094,01 €), correspondiente al 99% de la financiación
del mismo, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, en la posición presupuestaria 110030000/G/252B/46000/
CAG0000001/20160094 “Servicios Sociales de Atención Social Básica”, con fuente de
financiación Comunidad Autónoma.
2. L
os Ayuntamientos aportan a la financiación del presente convenio la cantidad total de
trescientos cuarenta y cuatro euros con treinta y ocho céntimos ( 344,38 €), con cargo
a sus correspondientes Presupuestos Municipales para el año 2021 y en la parte proporcional que figura en el anexo II. Dicha cantidad total corresponde a la diferencia hasta
alcanzar el 100% de la financiación del convenio.
La aportación de cada uno de los Ayuntamientos hasta alcanzar el 100% de la financiación
establecida en la presente cláusula y que se detalla en el anexo II de este convenio, se determina en función del número de habitantes con que cuenta cada ayuntamiento, según los últimos datos de población publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a la fecha de
Jueves, 24 de junio de 2021
31639
1. Atención a las necesidades y demandas de la población, canalizando las situaciones de
necesidad hacia las prestaciones necesarias.
2. Diagnóstico de las situaciones de necesidad social y elaboración y ejecución, cuando sea
necesario, del plan de atención social regulado en el artículo 18 de la Ley 14/2015, de
9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
3. A
tención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
Además de las actuaciones anteriores, los Ayuntamientos a través del servicio social desarrollarán las funciones atribuidas a los servicios sociales de atención social básica en el artículo 16
de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, y cuantas otras actuaciones o funciones se les atribuya legal o reglamentariamente relacionadas con la prestación.
Cuarta. Financiación y compromisos económicos que asumen cada una de las partes.
La financiación del presente convenio asciende a la cantidad de treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y ocho euros con treinta y nueve céntimos (34.438,39 €), destinada a financiar
los costes de personal y de funcionamiento de la prestación del servicio social de los Ayuntamientos, conforme al presupuesto que se detalla en el anexo I de este convenio.
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales,
aporta a la financiación del presente convenio la cantidad de treinta y cuatro mil noventa
y cuatro euros con un céntimo (34.094,01 €), correspondiente al 99% de la financiación
del mismo, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, en la posición presupuestaria 110030000/G/252B/46000/
CAG0000001/20160094 “Servicios Sociales de Atención Social Básica”, con fuente de
financiación Comunidad Autónoma.
2. L
os Ayuntamientos aportan a la financiación del presente convenio la cantidad total de
trescientos cuarenta y cuatro euros con treinta y ocho céntimos ( 344,38 €), con cargo
a sus correspondientes Presupuestos Municipales para el año 2021 y en la parte proporcional que figura en el anexo II. Dicha cantidad total corresponde a la diferencia hasta
alcanzar el 100% de la financiación del convenio.
La aportación de cada uno de los Ayuntamientos hasta alcanzar el 100% de la financiación
establecida en la presente cláusula y que se detalla en el anexo II de este convenio, se determina en función del número de habitantes con que cuenta cada ayuntamiento, según los últimos datos de población publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a la fecha de