Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2021080869)
Anuncio de 14 de junio de 2021 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y la solicitud de reconocimiento de utilidad pública, correspondiente a la infraestructura de evacuación, LAAT 220 kV S/C "Subestación Edificio ICE (Renopool)" "Subestación Edificio ICE (Candelaria)" y "Subestación Edificio ICE (Renopool)", ubicada en los términos municipales de Lobón y Badajoz (Badajoz). Expte.: GE-M/88/20.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 120
Jueves, 24 de junio de 2021
31835
y formularse al mismo tiempo las alegaciones que se estimen oportunas, que deberán dirigirse
al citado Organismo, concediéndose al efecto un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Igualmente, los afectados dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos, solo
a los efectos de rectificar posibles errores, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de la
Ley de Expropiación Forzosa, así como formular alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, llevará implícito en todo caso la necesidad
de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Mérida, 14 de junio de 2021. El Director General de Industria, Energía y Minas, SAMUEL RUIZ
FERNÁNDEZ.
Jueves, 24 de junio de 2021
31835
y formularse al mismo tiempo las alegaciones que se estimen oportunas, que deberán dirigirse
al citado Organismo, concediéndose al efecto un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Igualmente, los afectados dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos, solo
a los efectos de rectificar posibles errores, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de la
Ley de Expropiación Forzosa, así como formular alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, llevará implícito en todo caso la necesidad
de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Mérida, 14 de junio de 2021. El Director General de Industria, Energía y Minas, SAMUEL RUIZ
FERNÁNDEZ.