Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061912)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la construcción de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el parque industrial de Expaciomérida.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021

31385

CONVENIO ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Y LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL ADMINISTRADOR
DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA TERMINAL FERROVIARIA DE
MERCANCÍAS INTERMODAL EN EL PARQUE INDUSTRIAL DE
EXPACIOMÉRIDA.
11 de junio de 2021.
REUNIDAS
De una parte, D.ª Leire Iglesias Santiago, Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, en
virtud del Decreto del Presidente 22/2019, de 1 de julio, en nombre y representación de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de fecha 14 de abril de 2021 y
De otra, D.ª Isabel Pardo de Vera Posada, Presidenta de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en virtud del Real Decreto 735/2018, de
29 de junio, actuando en nombre y representación de ADIF en el ejercicio de las facultades
que tiene conferidas por el artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto
2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria
para el otorgamiento del presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que de conformidad con lo dispuesto en el apartado 39 del artículo 9.1 de la Ley
Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias
exclusivas, entre otras, en materia de ferrocarriles, carreteras y caminos cuyo itinerario se
desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y en el mismo ámbito,
los transportes terrestres y fluviales con independencia de la titularidad de la infraestructura. Centros de transporte, logística y distribución situados en Extremadura. Aeropuertos,
helipuertos, puertos deportivos y otras infraestructuras de transporte que no sean de interés
general. Participación en la planificación y, en su caso, ejecución y gestión de las infraestructuras de interés general en la Comunidad Autónoma, en los términos que establezca la
legislación del Estado.