Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. (2021061926)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Dirección, en régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021

31340

RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación
e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la
provisión de plazas vacantes de Dirección, en régimen de comisión de servicios,
en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura. (2021061926)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 102 establece que la
formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una
responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura determina en su artículo 158 y
siguientes los fines y las características de la formación permanente para desarrollar el modelo educativo extremeño. Especialmente se enfatiza que las acciones formativas han de tener
una proyección directa en la práctica docente, en la educación del alumnado y en el funcionamiento de los centros para contribuir a la mejora de la calidad educativa.
El Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, sobre traspaso de funciones y servicios de
la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de enseñanza no universitaria, hace referencia a las funciones y servicios de la Administración del
Estado que asume la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre los que se encuentran los
Centros de Profesores y de Recursos.
El Decreto 69/2007, de 10 de abril, regula el sistema de formación permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Extremadura, definiendo en su artículo 6 a los Centros
de Profesores y de Recursos como instituciones preferentes para la formación permanente del
profesorado de los centros no universitarios sostenidos con fondos públicos y en su artículo
9 se establecen sus órganos de gobierno. Entre los órganos unipersonales de los CPR está la
Dirección y como órganos colegiados se prevén el Consejo del Centro y el Equipo Pedagógico. Este último estará integrado, además de por la Dirección del centro, por las Asesorías de
Formación Permanente del Centro de Profesores y de Recursos.
El Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Educación y Empleo, señala entre las funciones de la Dirección General de
Innovación e Inclusión Educativa la ordenación, coordinación y gestión de los Centros de Profesores y Recursos.
La Orden de 9 de junio de 2016 regula el procedimiento para el nombramiento, renovación
y cese de los Directores y Asesores de Formación Permanente de los Centros de Profesores
y de Recursos de Extremadura. En ella, se desarrollan aspectos contemplados en el Decreto
69/2007, de 10 de abril, como el acceso a los puestos de responsables de la Red de Formación
a través de procedimientos selectivos de concurrencia pública, así como los periodos máximos
de duración de los nombramientos.