Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. (2021061914)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Asesorías de Formación Permanente, en régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021

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g) Los candidatos serán puntuados de 0 a 34 para cada plaza a la que se aspire, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo V de la Orden de 9 de junio de 2016,quedando
excluidos del proceso aquellos que no alcancen una puntuación igual o superior a 17
puntos.
h) L
 a Comisión podrá asignar una puntuación de cero puntos a los proyectos de desarrollo
de la asesoría que incumplan los requisitos de extensión y formato especificados en el
apartado 2.a) de la base tercera de la presente resolución. Igualmente, podrá asignar
una puntuación de cero puntos a los proyectos no originales o copiados en todo o en
parte.
i) La Comisión de Selección, mediante una resolución provisional, hará públicas en la página web http://formacion.educarex.es/novedadessite, las puntuaciones obtenidas por
los aspirantes en esta fase primera. Asimismo, publicará una relación de los candidatos
que no hayan superado esta fase, explicitando los motivos de su eliminación. Los aspirantes dispondrán de tres días hábiles para efectuar posibles renuncias o reclamaciones
contra las puntuaciones, ante la persona que ostenta la Presidencia de la Comisión de
Selección. Dichas reclamaciones registradas según el apartado 1. e) de la base tercera,
se enviarán vía correo electrónico a la dirección:


innovacionyformacion@educarex.es

j) Finalizado el plazo, mediante el mismo procedimiento establecido en el apartado anterior, se harán públicas las puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes en la
fase primera.
3. Fase Segunda. Baremación de méritos.
a) En la segunda fase del procedimiento de selección se valorará la presentación, por parte
de los candidatos, de méritos académicos, experiencia docente y directiva, historial
formativo y experiencia en la formación, publicaciones y cualquier otro que se estime
adecuado según lo establecido en el baremo que aparece como Anexo VI de esta
convocatoria.
b) Cada actividad formativa solo podrá computar en uno de los apartados del baremo de
méritos, de forma que, si se valora como relacionada con el área o materia de la especialidad a la que se opta, no podrá hacerse en otro apartado del baremo.
c) La Comisión de Selección decidirá qué actividades formativas se consideran relacionadas con el perfil de la asesoría a la que se opta, independientemente de la tipología de
créditos o el marco de su adscripción de procedencia.