Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. (2021061914)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Asesorías de Formación Permanente, en régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021
31322
http://formacion.educarex.es/novedadessite. En dicha lista constarán el nombre y los
apellidos, el número del documento nacional de identidad, el centro a cuya dirección
presenta candidatura y, en caso de exclusión, la causa de la misma.
b) Con la publicación de la lista señalada en el apartado anterior se considerará efectuada
la correspondiente notificación a los interesados, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
6. Reclamaciones contra la lista provisional.
a) Contra la lista a que se refiere el apartado anterior, los aspirantes podrán reclamar
en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, o
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Las reclamaciones se dirigirán a
la persona que ostente la Presidencia de la Comisión de Selección que se establece en
la base quinta y se presentarán, preferentemente, en el Registro Único señalado en el
apartado 1.e) de la presente base. Posteriormente, se enviará un correo electrónico
conteniendo la reclamación registrada a la dirección:
innovacionyformacion@educarex.es
b) La Comisión de Selección publicará una lista definitiva de admitidos tras resolver las
reclamaciones planteadas.
7. Participación de las Organizaciones Sindicales en la supervisión de esta convocatoria.
a) Los miembros de la Mesa Sectorial de Personal Docente no universitario, como observadores del presente concurso, tendrán acceso a la documentación presentada por los
aspirantes antes del inicio del procedimiento, previa solicitud a la persona que ostenta
la Presidencia de la Comisión de Selección.
b) Al final del proceso serán informados por la referida Comisión del resultado de las distintas fases, así como del resultado final. Asimismo, si hubiera reclamaciones serán
informados de las mismas.
Cuarta. Proceso de selección.
1. Criterios de valoración
Como se establece en la Orden de 9 de junio de 2016, la selección de Asesorías de Formación Permanente se realizará conforme a criterios objetivos de valoración de los proyectos
de desarrollo de las Asesorías y de los méritos presentados mediante la aplicación de un
baremo a aplicar en dos fases.
Miércoles, 23 de junio de 2021
31322
http://formacion.educarex.es/novedadessite. En dicha lista constarán el nombre y los
apellidos, el número del documento nacional de identidad, el centro a cuya dirección
presenta candidatura y, en caso de exclusión, la causa de la misma.
b) Con la publicación de la lista señalada en el apartado anterior se considerará efectuada
la correspondiente notificación a los interesados, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
6. Reclamaciones contra la lista provisional.
a) Contra la lista a que se refiere el apartado anterior, los aspirantes podrán reclamar
en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, o
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Las reclamaciones se dirigirán a
la persona que ostente la Presidencia de la Comisión de Selección que se establece en
la base quinta y se presentarán, preferentemente, en el Registro Único señalado en el
apartado 1.e) de la presente base. Posteriormente, se enviará un correo electrónico
conteniendo la reclamación registrada a la dirección:
innovacionyformacion@educarex.es
b) La Comisión de Selección publicará una lista definitiva de admitidos tras resolver las
reclamaciones planteadas.
7. Participación de las Organizaciones Sindicales en la supervisión de esta convocatoria.
a) Los miembros de la Mesa Sectorial de Personal Docente no universitario, como observadores del presente concurso, tendrán acceso a la documentación presentada por los
aspirantes antes del inicio del procedimiento, previa solicitud a la persona que ostenta
la Presidencia de la Comisión de Selección.
b) Al final del proceso serán informados por la referida Comisión del resultado de las distintas fases, así como del resultado final. Asimismo, si hubiera reclamaciones serán
informados de las mismas.
Cuarta. Proceso de selección.
1. Criterios de valoración
Como se establece en la Orden de 9 de junio de 2016, la selección de Asesorías de Formación Permanente se realizará conforme a criterios objetivos de valoración de los proyectos
de desarrollo de las Asesorías y de los méritos presentados mediante la aplicación de un
baremo a aplicar en dos fases.