Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. (2021061914)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Asesorías de Formación Permanente, en régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021

31320

e) L
 as solicitudes irán dirigidas al Director General de Innovación e Inclusión Educativa
y podrán presentarse en la Consejería de Educación y Empleo, Centros de Atención
Administrativa, Oficinas de Respuesta Personalizada de la Junta de Extremadura o en
cualquiera de las oficinas del Registro Único de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de
18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina
de correos, se hará en sobre abierto para que esta sea fechada y sellada antes de ser
certificada.
2. Otros documentos.
a) Junto con la solicitud online se deberán aportar los siguientes documentos en formato pdf,
subiéndolos al espacio habilitado en la web https://formacion.educarex.es/novedadessite:


— El proyecto, según guion orientativo del Anexo III: La extensión del mismo no podrá
superar las 20 páginas incluidos los anexos, formato DIN A-4, redactados por una
sola cara a doble espacio, con letra tipo “Arial” o similar y tamaño mínimo 12 puntos
sin comprimir. El tamaño indicado será respetado en todos los apartados, incluyendo
encabezados y pies de página. En todas sus páginas deberá aparecer el nombre y
apellidos del aspirante y firmarse en la última página.



— Anexo IV cumplimentado: Relativo a los méritos profesionales o académicos que
se considere alegar, entre los establecidos en el baremo del Anexo VI de esta
convocatoria.
Solamente se tendrán en consideración aquellos méritos debidamente perfeccionados y
justificados hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Asimismo, a la solicitud impresa, firmada y registrada, según se indica en el apartado
1.e) de esta base, deberá acompañarse:


— Copia auténtica, en los términos establecidos en el artículo 27.2 de la Ley 39/2015 de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de aquella documentación acreditativa de los méritos profesionales o académicos alegados, salvo que ésta conste en poder de la Administración, en cuyo caso tal
como se indica en el Anexo I de esta convocatoria, deberá señalarse el documento,
cuándo y ante qué órgano lo presentó.