Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. (2021061914)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Asesorías de Formación Permanente, en régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021

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b) Vocales:


— Vocal: María Moreno Sierra, Jefa de Servicio de Innovación y Formación del Profesorado, o persona en quien delegue.



— Vocal: Leonor Cachadiña Gutiérrez, Inspectora de Educación de la Delegación Provincial de Badajoz, o persona en quien delegue.



— Vocal: Luis Cordero Vélez, Jefe de la Unidad de Programas Educativos de Badajoz, o
persona en quien delegue.



— Vocal: María José Cuello de Oro Ramos, Directora del CEIP “San Sebastián” de Casas
de Millán (Cáceres). Suplente: María del Mar Silvero Enríquez, Directora del CEIP
“Ciudad de Badajoz” de Badajoz.

c) Secretario: Mariano Prieto Cano, funcionario de la Dirección General de Innovación e
Inclusión Educativa. Suplente: Mercedes de la Cruz Moyano Grajera, funcionaria de la
Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa.
2. Funciones.
A la Comisión de Selección le corresponde valorar el proyecto y su defensa, méritos y requisitos correspondientes al objeto de la presente convocatoria y elevar informe de valoración
al Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, resolviendo cuantas cuestiones
aparezcan en el desarrollo del proceso de selección.
La Comisión de Selección se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Asesorías especialistas.
La persona que ostenta la Presidencia de la Comisión podrá solicitar a la Dirección General
de Innovación e Inclusión Educativa, la incorporación de Asesorías especialistas con el fin
de colaborar en la valoración y evaluación de los méritos de los candidatos. Estas Asesorías
participarán en las deliberaciones de la Comisión con voz pero sin voto.
Sexta. Adjudicación de las plazas.
1. Adjudicación de las plazas ofertadas.
a) El orden de adjudicación de las plazas ofertadas vendrá determinado por la puntuación
total obtenida en el procedimiento de selección por los candidatos a cada plaza concreta, así como por las preferencias expresadas en las solicitudes.