Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2021061878)
Resolución de 15 de junio de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reforma (por cambio de conductor LA-30) de un tramo de la LAMT 50-96-"Ciudad Jardín" de la STR "Valcorchero", de 13,2 kV, entre los apoyos 1019 y 10231 de la misma, en el término municipal de Plasencia (Cáceres)". Expte.: AT-9290.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021
31483
Instalación de 4 apoyos. El aislamiento a instalar en los nuevos apoyos estará formado por
cadenas con aislador de composite del tipo U70 YB 20. como elementos antielectrocución
para forrado de conductores, grapas, aisladores y herrajes; colocación sobre los apoyos, de
elementos dispositivos disuasorios de nidificación, tipo «tejadillo»,
— A1 tipo, C-4500/16, angulo / amarre, con cruceta RC3-20T.
— A2 tipo, C-2000/16, angulo / amarre, con cruceta CBCA-2270.
— A3 tipo, C-4500/18, estrellamiento, con crucetas 3xSC2-15S+RC2-15S.
— A4 tipo, C-4500/16, angulo / anclaje, con 1 cruceta RC3-20T.
Desmontaje de la LAMT existente entre el nuevo apoyo A1 y el nuevo apoyo A4, en una longitud de 351 ml, así como 2 apoyos (hormigón y celosia) existentes en el tramo.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería
Miércoles, 23 de junio de 2021
31483
Instalación de 4 apoyos. El aislamiento a instalar en los nuevos apoyos estará formado por
cadenas con aislador de composite del tipo U70 YB 20. como elementos antielectrocución
para forrado de conductores, grapas, aisladores y herrajes; colocación sobre los apoyos, de
elementos dispositivos disuasorios de nidificación, tipo «tejadillo»,
— A1 tipo, C-4500/16, angulo / amarre, con cruceta RC3-20T.
— A2 tipo, C-2000/16, angulo / amarre, con cruceta CBCA-2270.
— A3 tipo, C-4500/18, estrellamiento, con crucetas 3xSC2-15S+RC2-15S.
— A4 tipo, C-4500/16, angulo / anclaje, con 1 cruceta RC3-20T.
Desmontaje de la LAMT existente entre el nuevo apoyo A1 y el nuevo apoyo A4, en una longitud de 351 ml, así como 2 apoyos (hormigón y celosia) existentes en el tramo.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería