Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional Ocupacional. Inserción Laboral. (2021050111)
Orden de 17 de junio de 2021 por la que se regula la admisión de alumnos en Centros de Enseñanzas de Personas Adultas para la realización de cursos para la obtención de los certificados de superación de las competencias clave, necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad, para el curso 2021/2022.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021

I

31278

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 17 de junio de 2021 por la que se regula la admisión de alumnos
en Centros de Enseñanzas de Personas Adultas para la realización de cursos
para la obtención de los certificados de superación de las competencias clave,
necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad, para el curso
2021/2022. (2021050111)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013,
de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, dispone en el artículo 66.2 que las
Administraciones educativas podrán colaborar con otras Administraciones públicas con competencias en la formación de adultos y, en especial, con la Administración laboral, así como
con las corporaciones locales y los diversos agentes sociales.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, dispone como uno de los principios generales sobre los que se fundamenta el modelo educativo extremeño, la formación
integral de las personas a lo largo de la vida, procurando el máximo desarrollo de todas sus
capacidades.
Asimismo, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, establece en su artículo 64 que la Administración
autonómica establecerá planes de formación encaminados al aprendizaje permanente y la
promoción profesional que contemplarán tanto la formación en aspectos educativos como en
los relativos al desempeño de sus funciones.
El capítulo XII del título IV de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, regula la educación permanente
estableciendo el derecho de todas las personas al aprendizaje a lo largo de la vida e insta a
la Administración autonómica a promover ofertas de aprendizajes flexibles que permitan la
conciliación de la vida personal, laboral o familiar con la formación, así como garantizar una
red pública de centros de educación de personas adultas con suficiente oferta de plazas para
atender las demandas educativas de los ciudadanos en la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma.
De tal manera, se favorecerá la flexibilidad y se promoverán actuaciones para que las personas que han abandonado los estudios se reincorporen al sistema educativo.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,
tiene como objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditaciones, que respondan con eficacia y transparencia a las demandas sociales