Presidencia De La Junta. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2021061896)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan, en colaboración con las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención, durante el ejercicio 2021.
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NÚMERO 118
Martes, 22 de junio de 2021

31131

(Documentación que se acompaña)


□ Declaración responsable de cada una de las entidades agrupadas solicitantes que acredite
su capacidad para obtener la condición de entidad beneficiaria al no hallarse incursa en
ninguna de las circunstancias relacionadas en el punto 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Según
modelo anexo II.



□ Memoria descriptiva de la actividad a la que va a destinarse la ayuda, con indicación del
periodo de tiempo en que el puesto de trabajo para el que se solicita la ayuda va a estar
ocupado por personal funcionario nombrado reglamentariamente, con indicación de la
clase de nombramiento efectuado y autoridad que lo ha realizado.



□ El compromiso de ejecución asumido por cada entidad local integrante de la agrupación,
indicando que el importe total de la ayuda concedida a cada entidad local se aplicará al
abono de los gastos de personal para el que se concede.



□ Certificación mensual, por conceptos retributivos, de los haberes correspondientes a la
persona titular del puesto agrupado.



□ Certificación de la secretaría acreditativa del coste total anual que le suponga a cada una
de las entidades locales agrupadas el mantenimiento del puesto de trabajo agrupado, referido al presente ejercicio (incluidos los costes de seguridad social y otros que se deriven
del desempeño de la plaza).



□ Certificación

de la secretaría acreditativa de las transferencias corrientes finalistas, o

cualquier otro ingreso afectado percibido imputable a los capítulos 1 al 5 del presupuesto
de ingresos, con indicación de la finalidad a que se destinan, organismo que lo realiza y
aplicación presupuestaria a la que se imputa.
En el caso de un municipio matriz, respecto de los ingresos que transfieran a sus entidades de ámbito territorial inferior al municipio, certificación de la secretaría acreditativa de
los mismos y que habrán de referirse al presupuesto liquidado remitido.
Estos ingresos deberán referirse al último presupuesto liquidado remitido a la Dirección
General de Administración Local (2020 o 2019).


□ Certificación de cada una de las entidades locales acreditativa de no contemplar en sus
plantillas de personal puestos de trabajo de personal técnico de Administración general o
técnico de gestión, como personal de la entidad local.



□ Certificación de cada una de las entidades locales respecto de otras ayudas o subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad que la que se solicita, procedentes de
cualquier administración o ente público, nacional o internacional. Según modelo anexo III.