Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2021040079)
Decreto 66/2021, de 16 de junio, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Edar en Bodonal de la Sierra.
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NÚMERO 118
Martes, 22 de junio de 2021

31089

DECRETO 66/2021, de 16 de junio, sobre declaración de urgencia de la
ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Edar en Bodonal
de la Sierra. (2021040079)
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del
Presidente de la Junta de Extremadura 16/2019, de 1 de julio, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas, siendo desarrollado
mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto, que le atribuye el ejercicio de las competencias
en materia de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la
coordinación de las políticas de aguas autonómica, y la regulación del abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas de conformidad con el artículo 5.1.a) del Decreto 170/2019,
de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b), en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Edar en Bodonal de la Sierra” el proyecto fue aprobado en fecha
9 de diciembre de 2020, habiéndose practicado información pública por Resolución de 23 de
marzo de 2021 (DOE n.º 69, de 14 de abril), no habiendo recibido alegaciones dentro del
plazo al efecto concedido. Se han practicado, así mismo, el resto de publicaciones exigidas
legalmente. Se adjunta relación definitiva de afectados.
La urgencia viene motivada por cuanto la localidad afectada por las obras de que se trata viene soportando graves problemas de saneamiento habida cuenta que tan sólo dispone de un
punto de vertido, cuyo cauce receptor es un pequeño arroyo sin nombre que posteriormente
desemboca en el Arroyo Grande. Este vertido de aguas residuales y los riesgos higiénicosanitarios que genera motiva la urgencia en la implantación de un sistema de depuración
adecuado para el cumplimiento de la Directiva Europea 91/271.
El proyecto a ejecutar trata de solventar los citados problemas mediante, fundamentalmente,
la ejecución de un emisario de entrada a la Edar, estación depuradora de aguas residuales
para una población equivalente a 2.419 habitantes, con un volumen diario de tratamiento de
603 m3/día y compuesta de gran diversidad de elementos, un emisario de vertido así como
acometida de agua potable y acometida eléctrica.
En su virtud, a propuesta de la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad previa
deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 16 de junio de 2021,