Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2021040078)
Decreto 65/2021, de 16 de junio, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Edar en Castilblanco.
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NÚMERO 118
Martes, 22 de junio de 2021

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD

DECRETO 65/2021, de 16 de junio, sobre declaración de urgencia de la
ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Edar en Castilblanco.
(2021040078)

La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del
Presidente de la Junta de Extremadura 16/2019 de 1 de julio, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas, siendo desarrollado
mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto, que le atribuye el ejercicio de las competencias
en materia de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la
coordinación de las políticas de aguas autonómica, y la regulación del abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas de conformidad con el artículo 5.1.a) del Decreto 170/2019,
de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b), en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Edar en Castilblanco” el proyecto fue aprobado en fecha 1 de
diciembre de 2020, habiéndose practicado información pública por Resolución de 12 de marzo
de 2021 (DOE n.º 58, de 26 de marzo), no habiendo recibido alegaciones dentro del plazo al
efecto concedido. Se han practicado, así mismo, el resto de publicaciones exigidas legalmente. Se adjunta relación definitiva de afectados.
La urgencia viene motivada por cuanto la localidad afectada por las obras de que se trata
viene soportando graves problemas de saneamiento habida cuenta que no dispone de ningún
sistema de depuración, realizándose el vertido de aguas residuales a través de dos colectores
que se junta en un punto situado al sur de la población a través de un emisario que discurre
hacia el suroeste realizando el vertido en el arroyo Caganchín, afluente del Arroyo Grande
prácticamente en la desembocadura de éste al embalse de García de Sola (río Guadiana).
Todo ello ocasiona riesgos higiénico-sanitarios que requieren con urgencia la implantación de
un sistema de depuración adecuado para el cumplimiento de la Directiva Europea 91/271.
El proyecto a ejecutar trata de solventar los citados problemas mediante, fundamentalmente,
la ejecución de una Estación Depuradora de Aguas Residuales, un emisario de salida y desvío
de la línea de media tensión que atraviesa la parcela de la Edar.