Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. (2021061816)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la Categoría de Médico/a de Urgencias de Atención Primaria en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 117
Lunes, 21 de junio de 2021
30890
4. P
or cada artículo publicado en revistas de carácter científico indexadas en las
bases de datos relacionados con las actividades propias de los centros o instituciones sanitarias: 0,10 puntos.
5. P
or cada artículo publicado en revistas de carácter científico no indexadas que
no entren en el apartado anterior, así como artículos de revistas de colegios
profesionales: 0,05 puntos.
6. P
or cada comunicación científica o póster, presentado en Congresos o Conferencias Científicas sobre temas relacionados con la categoría a la que se opta,
certificada por la entidad organizadora: 0,10 puntos.
5.2. P
ara la acreditación y posterior valoración de los méritos se tendrán en cuenta las siguientes normas:
a) Los méritos de antigüedad y experiencia se acreditarán por el propio aspirante, mediante certificación actualizada expedida por el órgano competente donde se hayan
prestado dichos servicios. Dichos certificados deberán indicar la causa y el porcentaje de reducción de la jornada en su caso.
No obstante, los servicios prestados en centros o instituciones sanitarias del Servicio
Extremeño de Salud, se acreditarán mediante certificado expedido de oficio por el
Servicio Extremeño de Salud, quien lo aportará a la Comisión de Valoración para su
cómputo.
Dicho certificado será objeto de comunicación a cada participante en la parte privada
de la dirección de Internet https://convocatoriasses.gobex.es, donde cada uno de
ellos podrá acceder a su contenido mediante sus claves personales de acceso o certificado digital.
A tal fin, en la resolución de la relación definitiva de admitidos el Servicio Extremeño
de Salud anunciará tanto la puesta a disposición de dicho certificado como el plazo de
5 días hábiles a contar desde el siguiente a dicha publicación, para que, en caso de
disconformidad con el contenido del mismo puedan manifestarlo por escrito ante la
Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño
de Salud, acreditando documentalmente los datos que se consideren erróneos.
Los servicios prestados por el personal que haya sido integrado en el Sistema Nacional de Salud, así como los servicios prestados en centros integrados, tendrán la
misma consideración que los prestados en dicho sistema, siendo indiferente la fecha
de integración del centro, es decir, serán valorables los servicios prestados antes de
la integración.
Lunes, 21 de junio de 2021
30890
4. P
or cada artículo publicado en revistas de carácter científico indexadas en las
bases de datos relacionados con las actividades propias de los centros o instituciones sanitarias: 0,10 puntos.
5. P
or cada artículo publicado en revistas de carácter científico no indexadas que
no entren en el apartado anterior, así como artículos de revistas de colegios
profesionales: 0,05 puntos.
6. P
or cada comunicación científica o póster, presentado en Congresos o Conferencias Científicas sobre temas relacionados con la categoría a la que se opta,
certificada por la entidad organizadora: 0,10 puntos.
5.2. P
ara la acreditación y posterior valoración de los méritos se tendrán en cuenta las siguientes normas:
a) Los méritos de antigüedad y experiencia se acreditarán por el propio aspirante, mediante certificación actualizada expedida por el órgano competente donde se hayan
prestado dichos servicios. Dichos certificados deberán indicar la causa y el porcentaje de reducción de la jornada en su caso.
No obstante, los servicios prestados en centros o instituciones sanitarias del Servicio
Extremeño de Salud, se acreditarán mediante certificado expedido de oficio por el
Servicio Extremeño de Salud, quien lo aportará a la Comisión de Valoración para su
cómputo.
Dicho certificado será objeto de comunicación a cada participante en la parte privada
de la dirección de Internet https://convocatoriasses.gobex.es, donde cada uno de
ellos podrá acceder a su contenido mediante sus claves personales de acceso o certificado digital.
A tal fin, en la resolución de la relación definitiva de admitidos el Servicio Extremeño
de Salud anunciará tanto la puesta a disposición de dicho certificado como el plazo de
5 días hábiles a contar desde el siguiente a dicha publicación, para que, en caso de
disconformidad con el contenido del mismo puedan manifestarlo por escrito ante la
Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño
de Salud, acreditando documentalmente los datos que se consideren erróneos.
Los servicios prestados por el personal que haya sido integrado en el Sistema Nacional de Salud, así como los servicios prestados en centros integrados, tendrán la
misma consideración que los prestados en dicho sistema, siendo indiferente la fecha
de integración del centro, es decir, serán valorables los servicios prestados antes de
la integración.