Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061782)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Medellín, Mengabril, Santa Amalia y Valdetorres en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 116
Viernes, 18 de junio de 2021

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gestor de la que dependen estos profesionales a las reuniones de información, estudio
y coordinación a las que sean convocados por las diferentes consejerías de la Junta de
Extremadura o las entidades públicas de ellas dependientes.
f) Desarrollar aquellas funciones que a los servicios sociales de atención social básica le
sean asignadas por las diferentes consejerías de la Junta de Extremadura o entidades
públicas de ellas dependientes, así como cumplimentar los diferentes soportes documentales establecidos o que les sean requeridos.
g) Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones de
comprobación y control que puedan realizarse por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales.
Octava. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las partes firmantes nombran como responsable del mismo a la Dirección General de Servicios Sociales,
Infancia y Familias de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, que tendrá las facultades
necesarias para supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones
necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actuaciones convenidas.
Asimismo, se podrá constituir una Comisión de Seguimiento, a propuesta de cualquiera de las
partes firmantes, para realizar el seguimiento de las actuaciones del convenio y resolver las
dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de las cláusulas
del mismo, sin perjuicio de las facultades de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias como responsable para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del presente convenio.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por cinco miembros: tres personas designadas
por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, que serán nombradas por la persona titular
de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, correspondiendo a una de
ellas la presidencia, y dos personas designadas por el Ayuntamiento gestor que serán nombradas por la persona titular que ostente la Alcaldía.
La secretaría de la comisión la ejercerá un funcionario de la Dirección General de Servicios
Sociales, Infancia y Familias que asistirá a la misma, con voz pero sin voto.
En el plazo de un mes desde la notificación de la propuesta de constitución de la comisión, las
partes designarán a sus representantes y lo comunicará a la otra parte.