Universidad De Extremadura. Días Inhábiles. (2021061817)
Resolución de 7 de junio de 2021, del Rector, por la que se declaran días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en procedimientos administrativos.
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NÚMERO 115

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Jueves, 17 de junio de 2021

RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2021, del Rector, por la que se declaran días
inhábiles a efectos de cómputo de plazos en procedimientos administrativos.
(2021061817)

Teniendo en cuenta tanto el Calendario Académico para el curso 2020-2021 (aprobado en
Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura en sesión de 28 de mayo de 2020), así
como el Calendario Académico para el curso 2021-2022 (aprobado en Consejo de Gobierno de
la Universidad de Extremadura en sesión de 29 de abril de 2021) y considerando que el cierre de las instalaciones de la Universidad de Extremadura (salvo los servicios expresamente
autorizados) durante el periodo comprendido entre el 1 y el 16 de agosto (ambos inclusive)
puede afectar al adecuado desarrollo de los procedimientos administrativos.
Por ello, con el objeto de facilitar el cumplimiento de los plazos establecidos en los correspondientes procedimientos administrativos propios de la Universidad de Extremadura y en consonancia con lo dispuesto en los artículos 30.7 y 48.3 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este Rectorado, en uso de las competencias que le confiere la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y los
Estatutos de la Universidad de Extremadura,
RESUELVE:
Primero. Declarar inhábil el periodo comprendido entre el 1 y el 16 de agosto de 2021,
ambos inclusive, a efectos del cómputo de los plazos correspondientes a los procedimientos
administrativos cuya resolución compete a la Universidad de Extremadura, tanto para la presentación de solicitudes como para la realización de trámites o su resolución y notificación de
los mismos.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que es definitiva, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, y en concordancia con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, sin perjuicio de cualquier otro eventual recurso o reclamación que a su derecho conviniere.
Badajoz, 7 de junio de 2021.
El Rector,
ANTONIO HIDALGO GARCÍA