Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061854)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Fuente de Cantos, Bienvenida y Calzadilla de los Barros en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 115

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Jueves, 17 de junio de 2021

Octavo. Que, para el cumplimiento de los intereses comunes, en el que la Junta de Extremadura
y los Ayuntamientos de Fuente de Cantos, Bienvenida y Calzadilla de los Barros, comparten
competencias, todas las partes coinciden en la necesidad de garantizar la prestación de
información, valoración y orientación del servicio social de atención social básica, que permita
a su vez garantizar el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema
público de servicios sociales con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno
desarrollo de las personas y la justicia social.
Por todo lo expuesto, todas las partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma del presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLAÚSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Fuente de Cantos,
con NIF P0605200E, Bienvenida, con NIF P0602000B y Calzadilla de los Barros, con NIF
P0602700G (en lo sucesivo Ayuntamientos) en la prestación de información, valoración y
orientación (en lo sucesivo prestación) del servicio social de atención social básica (en lo sucesivo servicio social).
Segunda. Representación, coordinación y gestión.
A los efectos de garantizar la prestación del servicio social objeto del presente convenio, los
Ayuntamientos la prestan a través de agrupación, designando al Ayuntamiento de Fuente de
Cantos (en lo sucesivo Ayuntamiento gestor), como representante de dicha agrupación, con
poderes bastantes para cumplir las obligaciones y compromisos que, como parte firmante del
convenio, corresponde al mismo.
El Ayuntamiento gestor será el encargado de la coordinación administrativa que supone el
presente convenio, de la gestión de la prestación del servicio, de la contratación del personal
adscrito a dicha prestación y de la presentación de las correspondientes justificaciones ante
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Asimismo, el Ayuntamiento gestor dará traslado de todas las comunicaciones y justificaciones
al resto de Ayuntamientos firmantes del convenio.
Tercera. Actuaciones de la prestación de información, valoración y orientación de
los servicios sociales de atención social básica.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio los Ayuntamientos, a través del servicio
social garantizarán la prestación a las personas que cumplan los requisitos establecidos en la