Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Ayudas. (2021061843)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Consejera, por la que se resuelve la incorporación de las compañías a la oferta de programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, correspondiente a la convocatoria extraordinaria de 2021.
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NÚMERO 115

30407

Jueves, 17 de junio de 2021

RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2021, de la Consejera, por la que se resuelve
la incorporación de las compañías a la oferta de programación de la Red de
Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, correspondiente a la
convocatoria extraordinaria de 2021. (2021061843)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de 21 de enero de 2021, por la
que se realiza la convocatoria extraordinaria correspondiente al ejercicio 2021 para la incorporación de las compañías a la oferta de programación de la Red de Teatros y otros espacios
escénicos de Extremadura o para la presentación de nuevos espectáculos no incluidos en
ofertas anteriores (DOE n.º 32, de 17 de febrero de 2021), dictada en virtud del Decreto
155/2018, de 18 de septiembre, por el que se crea la Red de Teatros y otros Espacios Escénicos de Extremadura y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la
programación de artes escénicas y de música (DOE n.º 187, de 25 de septiembre de 2018),
de acuerdo con el informe de la Comisión Técnico-artística y de seguimiento de fecha 7 de junio de 2021, y a propuesta de la Secretaria General de Cultura de fecha 10 de junio de 2021,
RESUELVO
— Aceptar las solicitudes de exclusión de 76 espectáculos. (Anexo I)
— Incorporar a la oferta un total de 249 espectáculos. (Anexo II)
— Desestimar 28 espectáculos por los motivos que se indican. (Anexo III)
— Aceptar las renuncias de 8 espectáculos. (Anexo IV)
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad
con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de
28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, podrán interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al
de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que consideren procedente.
Mérida, 10 de junio de 2021.
La Consejera,
NURIA FLORES REDONDO