Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021061772)
Resolución de 8 de junio de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se declaran, en concreto de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Nueva línea de media tensión, de 13,2 (20) kV, de enlace entre el CT "Plaza Serranos" n.º 140305940 y el CT "Pasarón C-Cabezas" n.º 903304202, en los términos municipales de Pasarón de la Vera, Torremenga y Jaraíz de la Vera (Cáceres)". Expte: AT-9159.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 114
Miércoles 16 de junio de 2021

30176

Tablones de edictos de los Ayuntamientos de los municipios afectados:


• Jaraíz de la Vera: 27/07/2019.



• Pasarón de la Vera: 26/07/2019.



• Torremenga: 29/07/2019.

— Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados
por el proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa previa por el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera mediante
Resolución.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa de construcción por el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera
mediante resolución.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de
producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su
territorio, correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio
de la función ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta
función ejecutiva es realizada por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican
la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiendo el ejercicio de dichas
atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo a las referencias