Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pymes. Ayudas. (2021050106)
Orden de 9 de junio de 2021 por la que se fija el tipo de interés de referencia a aplicar durante el segundo semestre natural del año 2021 a las operaciones formalizadas al amparo de las líneas de financiación determinadas en el Acuerdo Marco de Financiación de la Pyme y el Autónomo Extremeño.
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NÚMERO 114

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Miércoles, 16 de junio de 2021

ORDEN de 9 de junio de 2021 por la que se fija el tipo de interés de referencia
a aplicar durante el segundo semestre natural del año 2021 a las operaciones
formalizadas al amparo de las líneas de financiación determinadas en
el Acuerdo Marco de Financiación de la Pyme y el Autónomo Extremeño.
(2021050106)

El objeto del Acuerdo Marco de Financiación de la Pyme y el Autónomo Extremeño firmado con
fecha 29 de diciembre de 2011 por la Junta de Extremadura, la Sociedad Extremadura Avante,
SLU, la Sociedad de Garantía Recíproca Extremeña de Avales (EXTRAVAL) y diversas entidades de crédito que operan en la Comunidad Autónoma de Extremadura es definir y determinar
los términos de la colaboración entre las entidades firmantes, en orden a arbitrar, en condiciones preferentes y con especial atención al microcrédito, diversas líneas de financiación al
establecimiento, consolidación y/o ampliación de las pymes y empresarios autónomos extremeños y, fundamentalmente, a su actividad emprendedora, innovadora o de internacionalización. Como objeto de este acuerdo se arbitran, de manera genérica, las siguientes líneas de
financiación, tanto para la modalidad de activo fijo como circulante: Línea de Financiación de
Microcréditos, Línea de Financiación para Emprendedores, Línea de Financiación a la Inversión en Innovación, Línea de Financiación a la Inversión para la Internacionalización, Línea de
Financiación general de Activo fijo y circulante. En estas líneas de financiación se determina
como característica común, el carácter de variable a los tipos de interés a aplicar a las operaciones financieras, de acuerdo con las expresiones de cálculo contenidas en citado acuerdo.
Así, en virtud de lo anterior, el tipo de interés de referencia a aplicar durante el segundo semestre natural del año 2021 a las distintas líneas determinadas en la estipulación cuarta del
Acuerdo Marco por la Financiación de la Pyme y el Autónomo Extremeño , calculado según se
establece en la estipulación quinta 1.a) a) será: -0,500 %
Mérida, 9 de junio de 2021.
La Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES