Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pymes. Ayudas. (2021050103)
Orden de 9 de junio de 2021 por la que se fija el tipo de interés máximo a aplicar durante el segundo semestre natural del año 2021 a las operaciones formalizadas al amparo del Decreto 142/2001, de 25 de septiembre, por el que se establece un programa de financiación prioritaria del tejido empresarial de esta Comunidad Autónoma.
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NÚMERO 114

30102

Miércoles, 16 de junio de 2021

Asimismo, el tipo de interés nominal máximo a aplicar durante el segundo semestre natural
de 2021 para las distintas líneas acogidas al Decreto 142/2001, y en concreto a aquellas operaciones formalizadas o que se formalicen a partir de la entrada en vigor del Decreto 40/2003,
de 8 de abril, es:
a) Un tipo de interés máximo del 0,500% nominal anual a las operaciones a las que sean
de aplicación las siguientes líneas:


• Línea de Préstamos de Financiación de Inversiones.

b) Un tipo de interés máximo del 5,00% nominal anual a aplicar el primer año de la vigencia del préstamo. Para los restantes el tipo de interés máximo es del 0,00% en la
siguiente línea de financiación:


• Línea de Financiación Solidaria.

Y este mismo tipo será el establecido para aquellas operaciones a las que le sea de aplicación
la disposición adicional duodécima de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de
Reforma del Sistema Financiero.
Mérida, 9 de junio de 2021.
La Vicepresidenta Primera,
y Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES