Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061777)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Campanario, la Coronada, la Haba y Magacela en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021

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2. L
 os Ayuntamientos aportan a la financiación del presente convenio la cantidad total de
mil treinta y ocho euros con cincuenta y cinco céntimos (1.038,55 €), con cargo a sus
correspondientes Presupuestos Municipales para el año 2021 y en la parte proporcional
que figura en el anexo II. Dicha cantidad total corresponde a la diferencia hasta alcanzar
el 100% de la financiación del convenio.
La aportación de cada uno de los Ayuntamientos hasta alcanzar el 100% de la financiación establecida en la presente cláusula y que se detalla en el anexo II de este convenio,
se determina en función del número de habitantes con que cuenta cada ayuntamiento,
según los últimos datos de población publicados por el Instituto Nacional de Estadística
(INE) a la fecha de celebración del presente convenio, o en su caso, del acuerdo de
prórroga. Dichas aportaciones serán transferidas al Ayuntamiento gestor con antelación
suficiente para el cumplimiento de las obligaciones y compromisos adquiridos en el presente convenio.
Quinta. Pago y justificación.
1. E
 l pago correspondiente a la aportación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales se
realizará al Ayuntamiento gestor conforme se dispone en el Decreto 105/2005, de 12 de
abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo a lo siguiente:
— Un primer abono, correspondiente al 50 % de la cantidad aportada por la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales, una vez formalizado el presente convenio.
— Un segundo abono, correspondiente al 25 % de la cantidad aportada por la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, previa justificación por el Ayuntamiento gestor de gastos y pagos correspondientes a cantidad igual o superior al 25% de la financiación del
convenio.
— Un tercer y último abono, correspondiente al 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, previa justificación por el Ayuntamiento gestor
de gastos y pagos correspondientes a cantidad igual o superior al 50% de la financiación
del convenio, y que deberá presentarse hasta el 3 de noviembre de 2021, inclusive.
El Ayuntamiento gestor está exento de la obligación de constituir garantía por los citados pagos anticipados conforme dispone la disposición adicional cuarta letra b) de la Ley
5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
2. L
 os gastos y pagos realizados por el Ayuntamiento gestor en la prestación del servicio
social se justificará mediante la presentación de certificación expedida por la persona titular de la secretaría-intervención o intervención del Ayuntamiento gestor con indicación