Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061767)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Adaptación de edificación para casa rural" a ubicar en el polígono 4, parcela 650, del término municipal de Cabezuela del Valle, cuyo promotor es D. Andrés Martín Retamar. Expte.: IA19/1633.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021

29926

En las proximidades del proyecto no discurre ninguna vía pecuaria ni se ve afectado ningún
Monte de utilidad pública.
— Consumo de recursos y cambio climático.
La utilización de recursos naturales que este proyecto tendrá se deberá a la ocupación del
suelo por la casa rural, siendo está ocupación de 1.535,00 m2 de superficie, y el consumo
de agua, que proviene del abastecimiento general del pueblo.
— Medio socioeconómico.
El impacto en el medio socioeconómico será positivo directa e indirectamente, ya que
se diversifica la actividad económica del promotor y aumentarán sus ingresos, pudiendo
además proporcionar puestos de trabajo y fijando la población rural. Indirectamente, al
aumentar la oferta de alojamiento en la comarca aumenta el número de potenciales visitantes a la misma favoreciendo la actividad turística y el comercio de la zona.
— Sinergias.
En cuanto a los efectos acumulativos de este proyecto con otros proyectos similares, se ha
realizado un análisis de la zona donde se localiza, y se concluye que se trata de una zona
apta para este tipo de actividades, donde el turismo rural se está convirtiendo en una de
las actividades económicas más importantes, que pueden generar un efecto dinamizador
muy significativo en entorno, en pos del desarrollo sostenible y dentro de los paradigmas
de la economía verde y circular, con el objetivo final claro de fijación de la población rural
y la lucha contra la “España vaciada”.
— Vulnerabilidad del proyecto.
Con relación al apartado sobre la vulnerabilidad del proyecto, de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, se cumplirá lo referido a la vulnerabilidad del proyecto
frente a catástrofes naturales y accidentes graves del proyecto, así como las medidas para
mitigar el efecto adverso significativo sobre el medio ambiente.
Dada la escasa envergadura del proyecto, la simplicidad de las actividades y la ubicación
fuera de zonas de riesgos sísmicos o similares, la instalación no es susceptible de provocar
daños por riesgos tecnológicos, ni los daños naturales que pudieran sobrevenir en la zona
no se verán incrementados por la naturaleza de la transformación.
En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos adversos significativos sobre
el medio ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el apartado 4 “Con-