Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2021061738)
Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve el procedimiento para la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las titulaciones de grado en Educación Infantil y grado en Educación Primaria para el curso escolar 2021/2022.
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Martes, 15 de junio de 2021

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e
Inclusión Educativa, por la que se resuelve el procedimiento para la selección
de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas
externas de las titulaciones de grado en Educación Infantil y grado en
Educación Primaria para el curso escolar 2021/2022. (2021061738)
De conformidad con lo dispuesto en el apartado octavo de la Resolución de 9 de abril de 2021,
de la Dirección General de Innovación e inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las
titulaciones de grado en Educación Infantil y grado en Educación Primaria y se establecen los
requisitos para la selección de los centros de formación en prácticas y del profesorado participante, del curso escolar 2021/2022 (DOE n.º 70, de 15 de abril) a propuesta de la Comisión
de Valoración y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Único. Estimar todas las solicitudes presentadas para la selección de Centros de Formación
en Prácticas correspondiente a las titulaciones de Grado en Educación Infantil y en Educación
Primaria, del curso escolar 2021/2022, que se relacionan en el anexo adjunto a la presente
Resolución.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá interponerse directamente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, o ante el correspondiente al de la circunscripción en el que el demandante
tenga su domicilio, a la elección de éste. Todo ello, sin perjuicio de que la parte interesada
pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 2 de junio de 2021.
El Director General de Innovación e
Inclusión Educativa,
JUAN PABLO VENERO VALENZUELA