Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Explotaciones Agrarias. (2021061802)
Resolución de 12 de junio de 2021, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se procede a la actualización de los módulos objetivos para la calificación de explotaciones agrarias prioritarias.
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NÚMERO 113

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Martes, 15 de junio de 2021

Resolución de 12 de junio de 2021, de la Dirección General de Política
Agraria, correspondiente a la actualización de los módulos objetivos para la
calificación de explotaciones agrarias prioritarias (2021061802)
El Decreto 57/2017, de 2 de mayo, sobre organización y funcionamiento del Registro de
Explotaciones Agrarias (DOE núm. 86, de 8 de mayo de 2017), modificado por el Decreto
51/2021, de 26 de mayo, (DOE núm. 101, de 28 de mayo de 2021), a través del apartado 2
de su artículo 29, atribuye a esta Dirección General la competencia para actualizar los módulos objetivos para la calificación de explotaciones agrarias prioritarias, mediante resolución
que debe ser objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, teniendo en cuenta los
estudios técnicos elaborados por el Servicio competente en materia de Registro de Explotaciones Agrarias en los que se podrá tener en cuenta la idoneidad de la aplicación de los módulos
regulados para la misma actividad por otra Comunidad Autónoma.
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas
RESUELVO:
Primero. Objeto.
Es objeto de esta resolución proceder a la actualización de los módulos objetivos para la calificación de explotaciones agrarias prioritarias, contenidos en el Anexo III del Decreto 57/2017,
de 2 de mayo, sobre organización y funcionamiento del Registro de Explotaciones Agrarias,
añadiendo la actividad productiva de resina y de miel venta directa, del modo siguiente:

ACTIVIDAD PRODUCTIVA

MIEL VENTA DIRECTA
RESINA

SISTEMA
PRODUCTIVO

UNIDAD

M.B.E.

HORAS

Ganadería

Colmena

60

6,60

Pino de resina

Árbol

4

0.44

Segundo. Eficacia y recursos.
1. L
 a presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura.