Consejería De Educación Y Empleo. Personal Docente No Universitario. (2021061818)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se aprueba la valoración de méritos provisional de personas admitidas y excluidas en el procedimiento para la integración por primera vez en listas de espera ordinarias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, y para la actualización de los méritos de quienes ya forman parte de las mismas y las listas de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021

29688

Tercero. Ordenar la exposición de las citadas listas en la dirección de internet https://profex.educarex.es, desde el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario
Oficial de Extremadura.
Cuarto. Conceder un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de
la presente resolución, para que de conformidad con lo dispuesto en el apartado 30.2, las
personas aspirantes que hayan sido excluidas, bien porque su solicitud no reúne los requisitos
establecidos, o bien por no haber aportado junto con la solicitud los documentos preceptivos
exigidos en la Base III y apartado 5.4, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puedan subsanar la falta cometida o acompañar tales documentos. Si así no
lo hicieran, se las tendrá por desistidas en su solicitud.
Quinto. Conceder un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación
de la presente Resolución, para que de conformidad con lo dispuesto en el apartado 30.3,
las personas interesadas puedan complementar la acreditación de aquellos méritos que la
Comisión de Baremación entiende que no están suficientemente acreditados en los términos
establecidos en el Anexo XIII de la convo­catoria y siempre que dicho mérito haya sido presentado dentro del plazo de presenta­ción de solicitud. Aquellos méritos que no sean subsanados
dentro del plazo establecido, no serán objeto de valoración.
Sexto. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 30.4, los interesados podrán presentar en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de
esta Resolución en el Diario Oficial de Extremadura, las reclamaciones que estimen oportunas. Dichas reclamaciones habrán de ser cumplimentadas y presentadas de forma telemática
siguiendo las instrucciones que se publicarán en el portal: profex.educarex.es.
Para acceder a la Plataforma y obtener el modelo de reclamación o subsanación se requerirá
introducir el número de DNI y una de las claves web globales generadas al realizar la solicitud
en el proceso selectivo publicado en la Resolución de 17 de marzo de 2021 de la Dirección
General de Personal Docente, o bien en caso de poseer las credenciales de Rayuela se podrá
acceder con éstas. Una vez se haya accedido a la Plataforma se procederá a la cumplimentación de la reclamación o subsanación siguiendo las instrucciones que se publicarán en dicha
página.
Cumplimentada y obtenida la reclamación o subsanación en la forma indicada, se dará por
finalizada la formulación de la misma y no se deberá presentar en ningún registro. En caso
de cumplimentar varias solicitudes será tenida en cuenta la última que se encuentre en el
sistema.