Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021040072)
Decreto 59/2021, de 9 de junio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de la Serena.
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Martes, 15 de junio de 2021

A tenor de las competencias asumidas estatutariamente (Artículo 9.1.32 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura), transferidas por el Estado mediante Real
Decreto 2912/1979, de 21 de diciembre, y conforme determinan el artículo 57.6 de la LSOTEX
y el Artículo 4.2.b) del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, corresponde al Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura la adopción del acuerdo de aprobación definitiva de los planes
territoriales a que se refieren los Artículos 54 y siguientes de la LSOTEX.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 9 de junio de 2021,
DISPONGO
1. A
 probar definitivamente el Plan Territorial de la Serena.
2. O
 rdenar la publicación de dicha aprobación definitiva en el Diario Oficial de Extremadura,
así como de la normativa incluida en el plan territorial, que se adjunta al presente decreto,
como anexo (Normativa), con indicación de que contra dicha aprobación, no cabe recurso
en vía administrativa, y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente a su publicación.
3. E
 l presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, con vigencia indefinida.
4. L
 a aprobación del presente Plan Territorial de La Serena conlleva la declaración de utilidad
pública y la necesidad de ocupación directa de los bienes y adquisición de los derechos
correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o
modificación de servidumbres.
Mérida, 9 de junio de 2021.

La Consejera de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL

El Presidente de la Junta de Extremadura.
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA