Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. (2021040070)
Decreto 57/2021, de 9 de junio, por el que se modifica el Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
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Martes, 15 de junio de 2021

DISPONGO:
Artículo Único. Modificación del Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, en
los siguientes términos.
Se modifica el apartado 3 del artículo 4, que queda redactado con el siguiente tenor, permaneciendo el resto de apartados inalterados:
“3. Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural se estructura en los siguientes órganos administrativos:


— Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos.



— Servicio de Bibliotecas y Fomento de la Lectura



— Servicio del Instituto de Memoria Histórica y Democrática.”

Disposición adicional primera. Modificación de la relación de puestos de trabajo.
Mediante orden de la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda
y Administración Pública se procederá a modificar las correspondientes relaciones de puestos
de trabajo de personal funcionario y de personal laboral a fin de adaptarla al contenido del
presente decreto, de acuerdo con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.
Disposición adicional segunda. Creación y adscripción de puestos.
Se crea el Servicio del Instituto de Memoria Histórica y Democrática dependiente de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
Disposición transitoria única. Creación efectiva y puesta en marcha y funcionamiento de los Servicios.
La creación del Servicio contemplado en la disposición adicional segunda queda supeditada
a la creación del correspondiente puesto de trabajo que asuma la jefatura, a través de la correspondiente modificación de la relación de puestos de trabajo, que necesariamente se debe
llevar a cabo de acuerdo con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente decreto.