Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Información Pública. (2021080820)
Anuncio de 7 de junio de 2021 sobre el inicio del periodo de información pública del "Estudio informativo de la EX -107".
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NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021

29938

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
ANUNCIO de 7 de junio de 2021 sobre el inicio del periodo de información
pública del "Estudio informativo de la EX -107". (2021080820)
Por resolución de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Consejería
de Movilidad, Transporte y Vivienda, de fecha 4 de junio de 2021, se ha aprobado provisionalmente el Estudio informativo denominado “Estudio Informativo de la EX -107”.
Asimismo, se ha acordado someter el citado estudio a información oficial y pública, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en relación con los artículos 32 y 34 del Real Decreto 1812/1994,
de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras, aplicable
por la disposición transitoria 1ª de la citada Ley 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura.
En consecuencia, en cumplimiento de lo acordado por la Dirección General de Movilidad e
Infraestructuras Viarias, se somete el citado Estudio informativo denominado “Estudio Informativo de la EX -107” a información oficial y pública durante un plazo de treinta (30) días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura.
La citada resolución de aprobación provisional y el Estudio Informativo podrán ser consultados en
la página Web (http://www.juntaex.es/con07/informacion-publica-y-proyectos-normativos-dgi) a
fin de que, en el plazo concedido, puedan realizar las alegaciones que estimen convenientes en
relación con el Estudio Informativo.
Las observaciones o alegaciones podrán presentarse de la siguiente manera:
— Personas físicas: En las oficinas que realicen las funciones de registro de cualesquiera
órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas
de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de conformidad
con el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un
Sistema Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en los Registros que señala el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. También podrán presentarse telemáticamen-