Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sentencias. Ejecución. (2021AC0027)
Acuerdo de 2 de junio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre ejecución de la sentencia n.º 67/2020, de 18 de febrero de 2020, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, dictada en el recurso contencioso-administrativo n.º 1375/2011, contra Resoluciones de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura de 13 de julio de 2011 por la que se homologa el Plan General Municipal de El Gordo, y de 28 de julio de 2011 por la que se homologa el Proyecto de Interés Regional denominado "Complejo turístico, de salud, paisajístico y de servicios Marina Isla de Valdecañas", para su adecuación a los preceptos modificados de la LSOTEX (Disposición adicional única de Ley 9/2011, de 29-3) -artículo 72.2 de la LRJCA-.
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Martes, 15 de junio de 2021

La anulación de una disposición o acto producirá efectos para todas las personas afectadas.
Las sentencias firmes que anulen una disposición general tendrán efectos generales desde el
día en que sea publicado su fallo y preceptos anulados en el mismo periódico oficial en que lo
hubiera sido la disposición anulada. También se publicarán las sentencias firmes que anulen
un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas.
Habiendo sido publicada la aprobación definitiva de la homologación del referido Plan General
Municipal en el DOE de 4-11-11 y la homologación del referido PIR
“Complejo turístico, de salud, paisajístico y de servicios Marina Isla de Valdecañas” en el DOE
de 26-9-11; para la adecuación de ambos instrumentos de planeamiento a los preceptos modificados de la LSOTEX (disposición adicional única de Ley 9/2011, de 29 de marzo). Procede
la publicación ambas disposiciones anuladas en el mismo medio a los efectos previstos en el
artículo 77.2 de la LRJCA.
Habiéndose recibido testimonio de la sentencia en esta Consejería, le corresponde a esta Comisión ordenar la publicación del fallo de la misma en el DOE. Sin perjuicio de la realización
de las actuaciones y trámites para su ejecución material, que corresponderán a la Consejería
de la que depende esta Comisión, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
103 a 113, todos ellos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–administrativa.
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos
los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA
Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 67/2020 de la Sala de lo Contencioso–Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de fecha 18 de febrero de 2020, dictada
en recurso contencioso-administrativo n.º 1375/2011, llevando a puro y debido efecto el fallo,
que es del siguiente tenor literal:
“Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los
Tribunales Sr. Murillo Jiménez (que sustituyó a la Procuradora Sra. Ruiz González), en
nombre y representación de la entidad Adenex, y declaramos haber lugar a los siguientes
pronunciamientos:


1) A
 nulamos la Resolución de fecha 13 de julio de 2011, de la Comisión de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente
la homologación del Plan General Municipal de El Gordo, para su adecuación a los
preceptos modificados de la LSOTEX (disposición adicional única de la Ley 9/2011,
de 29 de marzo), por no ser ajustada a Derecho.