Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061745)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 8 hectáreas de olivar en la finca El Españar", cuyo promotor es D. Antonio Manuel Medina Reina, en el término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA18/1555.
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NÚMERO 112
Lunes, 14 de junio de 2021

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Tras los informes recibidos en el periodo de consultas y el análisis de las ortofotografías históricas de la zona de actuación, se comprueba que la plantación de olivos y
transformación a regadío ya se encuentra ejecutada en una superficie de 8,11 hectáreas, correspondientes a los recintos 8, 10, 15 y 16 de la parcela 7 del polígono 4
del término municipal de Quintana de la Serena. Del resto de la superficie solicitada,
existen 1,57 hectáreas consideradas como tierras arables, las cuales fueron roturadas entre los años 2009-2011, según el análisis de las ortofotografías históricas. Por
otro lado, el resto de la superficie solicitada la conforman recintos improductivos y
viales.
La zona de actuación la conforma la llanura de inundación del arroyo Arrozauces,
tratándose de terrenos prácticamente llanos. La zona no ocuparía el dominio público hidráulico, aunque sí parte de la zona de servidumbre y/o policía de los cauces
del arroyo Arrozauces y del arroyo Langarilla, los cuales confluyen en el extremo
suroeste de la zona de actuación. Los recintos 1, 5 y 6 de la parcela de actuación
parecen ocupar zonas inundables del arroyo Arrozauces y los brazos que conforman
su cauce en este tramo. Por otro lado, el pozo de sondeo desde el cual se captarán
las aguas para el riego se sitúa sobre la masa de agua subterránea “Los Pedroches”.
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, la zona de actuación se encuentra incluida dentro del lugar de la Red
Natura 2000 Zona de Especial Conservación (ZEC) “Río Ortiga”. Según la zonificación
establecida en su Plan de Gestión (Anexo V del Decreto 110/2015, de 19 de mayo,
por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura)”, la
actividad se encuentra en:


—L
 a mayoría de la parcela (recintos 5, 6, gran parte del 8 y 10) está clasificada
como Zona de Interés (ZI), para la que no se establecen medidas adicionales de
conservación.



—E
 l recinto 1 y parte del 8 son Zona de Alto Interés (ZAI), superficie incluida en
esta categoría de zonificación por la presencia del elemento clave de hábitats de
interés comunitario asociados a las riberas, de juncales (6420) y de adelfares
(92D0). Esta ZAI incluye el dominio público del río Ortiga y de su afluente, el
arroyo Arrozauces.

La vegetación natural existente en la zona de ribera consiste en formaciones típicas
de matorral de ribera mediterráneas, con presencia de retamas, zaras, adelfas y pies
de encina jóvenes (con diámetros cercanos a los 15 cm). En el resto de la parcela,
existen 23 pies de encinas adultas (diámetro medio de 90 cm) con buen estado
fitosanitario. Cabe indicar que algunos de los olivos que han sido implantados se
encuentran a 1 metro de distancia del tronco de las encinas.