Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061737)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Adecuación y mejora de accesos ruta Cuarcita Armoricana: acondicionamiento del área de autocaravanas del complejo Racha-Rachel en Zarza la Mayor", cuyo promotor es Diputación de Cáceres. Expte.: IA20/0971.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 112
Lunes, 14 de junio de 2021

29520

de Áreas Incendiadas (RAI), hay recogido un incendio en el año 2017 (se adjunta imagen),
el cual afectó a la parcela 318 del polígono 4, no constando más registros de incendios en
los últimos 30 años. Además, informa de la normativa específica de incendios forestales y
en base a ella establece una serie de medidas incluidas en el presente informe.

Fuente: Informe del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios

La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el que
comunica que el proyecto no presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico conocido. Finaliza informando favorablemente el proyecto, condicionado al estricto cumplimiento
de una medida recogida en el presente informe.
La Confederación Hidrográfica del Tajo emite informe en el que comunica, entre otros, que
la parcela 318 linda con el río Erjas. Posteriormente hace una serie de indicaciones en el
ámbito de su competencia que han sido recogidas en el presente informe.
3. A
 nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la sección 1ª del capítulo II, del título II, según los criterios
del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.