Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061795)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de reparación de la presa y adecuación del entorno del embalse del Paredón en Campanario (Badajoz)", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Campanario. Expte.: IA20/1192.
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NÚMERO 112
Lunes, 14 de junio de 2021



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7. Cualquier actuación que se realice en el Dominio Público Hidráulico requiere autorización administrativa previa del órgano de cuenca. De acuerdo con el artículo 126
del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, la tramitación de expedientes de autorización de obras dentro, o sobre, el Dominio Público Hidráulico se realizará según
el procedimiento regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones
que en aquel se indican.



8. Si durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al Agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.

9. La corta de pies de arbolado estará sujeta al régimen de autorización o declaración responsable previsto en el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que
se regula la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e
Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura, debiendo tramitar las
mismas ante el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, en su caso.


10. En relación con la generación y gestión de residuos, la actividad de adecuará a las
disposiciones de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.



11. Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo las competencias en estas materias al Ayuntamiento de Campanario y a la Dirección General
de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio.

b. M
 edidas previas y durante las obras.


1. Se comunicará de forma previa la fecha de inicio de los trabajos al Servicio de Prevención Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad.