Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061703)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto planta solar fotovoltaica "Piñuela" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Mururoa Solar, SL, en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA20/118.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021

29246

En el apartado de obra civil se indica lo siguiente en referencia al vallado perimetral “La
parcela en sobre la que se proyecta la instalación quedará delimitada por un cerramiento
metálico formado por postes metálicos galvanizados de 2 m de altura y malla de simple
torsión, con el fin de no permitir el acceso a animales, peatones o vehículos y garantizar un
acceso controlado a la planta”. Al respecto se indica, que si el vallado del cerramiento discurriera por encima de cualquier cauce es posible que pueda suponer un obstáculo para el
libre fluir de las aguas con el consecuente riesgo de taponamiento por arrastre de troncos,
ramas, etc. Por ello se recomienda dejar expedito el cauce de manera que se permita la
libre circulación de las aguas, así como el posible tránsito de fauna acuática a través de él,
tanto en el sentido de la corriente como en el sentido contrario. No se permitirá por ellos
la construcción de un vallado que en la zona del cauce suponga una estructura que llegue
hasta la lámina de agua, por lo cual el cruce del cauce se deberá diseñar de forma que el
cerramiento quede elevado sobre el mismo en al menos un metro.
En el paso de todos los cursos de agua y vaguadas por los caminos y viales que puedan
verse afectados, se deberán respetar sus capacidades hidráulicas y no se llevará a cabo
ninguna actuación que pueda afectar negativamente a la calidad de las aguas.
En cuanto al movimiento de tierras y el drenaje hay que tener en cuenta que un posible
impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de los materiales durante las
fases de construcción y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte
de sólidos a los cauces, por lo que se deben tomar medidas necesarias para evitarlo.
3. A
 nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1ª de la sección 2ª del capítulo VII, del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. C
 aracterísticas del proyecto.


El proyecto PSFV “Piñuela” describe la construcción de la instalación solar fotovoltaica de 9,537 MWp de potencia pico, la línea de evacuación subterránea de 5,97 km y
45kV de tensión, la construcción de una subestación transformadora denominada SET
“Piñuela” y la modificación de la SET “Cáceres”.



La planta fotovoltaica estará formada por 25.432 módulos fotovoltaicos de la marca
ZNSHINESOLAR ZXP6-H156-3707/P o, en su defecto, uno de similares característi-